STSJ Murcia 408, 9 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:408
Número de Recurso486/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución408
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00565/2006 ROLLO Nº: RSU 486/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a nueve de mayo del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Concepción , contra la sentencia número 14/06 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 16 de enero del 2006, dictada en proceso número 830/05 , sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA Concepción frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña Concepción , nacida el 24 de octubre de 1951, con D.N.I. n° NUM000 , figura afiliada a la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como trabajadora agrícola por cuenta ajena. SEGUNDO.- El 24 de febrero del 2004 la demandante inició proceso de incapacidad temporal. Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 21 de julio del 2005, resolvió en la misma fecha denegar a la demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló la demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 4 de octubre del 2005. CUARTO.- Presenta la demandante el siguiente cuadro clínico: espondilolistesis con discopatía degenerativa y protusión discal L4-L5 (RMN 1-10-03); piernas varicosas, sobre todo la derecha, sin trastornos tráficos distales; sobrepeso moderado-severo. QUINTO.- La base reguladora asciende a 476'74 al mes en caso de incapacidad permanente total y a 561'30 euros mensuales en el supuesto de incapacidad permanente parcial."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO la demanda formulada por doña Concepción contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la pretensión deducida en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. OSCAR ANDRADA BAÑOS, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña Concepción , de 54 años de edad y de profesión...

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