STSJ Canarias , 1 de Septiembre de 2005

PonenteANTONIO DORESTE ARMAS
ECLIES:TSJICAN:2005:3300
Número de Recurso267/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 1 de septiembre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Antonio Doreste Armas (Ponente) (Presidente), D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua y D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000267/2005 , interpuesto por Consejeria De Educacion Cultura Y Deportes , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000623/2004 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Antonio Doreste Armas .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Sonia , en reclamación de DESPIDO siendo demandado Consejeria De Educacion Cultura Y Deportes y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 2 de diciembre de 2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La actora, Dña. Sonia , ha prestado servicios para la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y salario mensual prorrateado de 1.197,57 euros, en la Secretaría General Técnica.

SEGUNDO

El iter laboral se ha venido articulando formalmente con arreglo a las siguientes modalidades contractuales: 1. Contrato de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción por necesidades de refuerzo por déficit temporal de plantilla (cláusula 6ª), con una duración de 17 de diciembre de 2001 a 31 de diciembre de 2001.

2. Contrato igual al anterior, con una duración de 01 de febrero de 2002 a 31 de julio de 2002. 3. Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado consistente en "Desarrollo del pacto por la Educación" (Cláusula 6ª) con una duración de 08 de agosto de 2002 a 31 de diciembre de 2002. 4.

Contrato igual al anterior, con una duración de 10 de enero de 2003 a 28 de febrero de 2003. 5. Contrato de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción por necesidades de refuerzo por déficit temporal de plantilla (cláusula 6ª), con una duración de 13 de marzo de 2003 a 31 de julio de 2003. 6. Contrato igual al anterior, con una duración de 01 de agosto de 2003 a 30 de septiembre de 2003.

7. Contrato igual al anterior, con una duración de 01 de octubre de 2003 a 12 de diciembre de 2003. 8.

Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado consistente en "entregar antes del 31.12.03 la lista de admitidos y excluidos para las categorías de Cocinero, Ayudante de Cocina y Auxiliar de Servicios Complementarios, de acuerdo con la orden de 21.04.03" (cláusula 6ª), con una duración de 16 de diciembre de 2003 a 31 de diciembre de 2003. 9. Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado consistente en "Formalización de las cláusulas novatorias de los contratos suscritos por los trabajadores fijos - discontinuos de los comedores escolares para su adecuación a la R.P.T. de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 270/2003, de 21 de octubre, que modifica el inicio del periodo de actividad de dicho personal" (cláusula 6ª), con una duración de 09 de enero de 2004 a 29 de febrero de 2004. 10. Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado consistente en "la incorporación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la aplicación informática SIRHUS, que requiere crear propuestas y dar de alta cada plaza, así como solicitar modificaciones a dicha aplicación, ya que la RPT de esta Consejería está distribuida por zonas (33), que a su vez agrupan varios municipios y dicho programa no está preparado para ello. La incorporación se realizará zona a zona y nº de RPT a nº de RPT (4.728), por lo que las tareas a realizar son propias de la categoría profesional de auxiliar grupo V" (cláusula 6ª), con una duración de 10 de marzo de 2004 a 31 de mayo de 2004. 11. Contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado consistente en "creación de nuevas zonas en la lista de reserva de esta Consejería y reestructuración de las ya existentes, en virtud de la orden de este Departamento de fecha 21/04/03, afectando a 2500 trabajadores aproximadamente que figuran en dichas listas, lo que requiere tramitar oficios y solicitudes, grabar las zonas en la aplicación informática correspondiente y ordenar y listar a los trabajadores afectados por zonas y orden de convocatoria" (cláusula 6ª), con una duración de 01 de junio de 2004 a 30 de junio de 2004. TERCERO.- La demandante desde el inicio de la relación laboral ha prestado sus servicios en el negociado de régimen interior, llevando el control de horarios del personal, asuntos propios, licencias y ayudas de estudios. CUARTO.- Tras el cese de la actora se ha contratado a personal laboral con categoría de auxiliar administrativo. QUINTO.- Por sentencia de fecha 17 de...

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