SAP Madrid 552/2005, 19 de Octubre de 2005

PonenteFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA
ECLIES:APM:2005:11220
Número de Recurso513/2004
Número de Resolución552/2005
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAJOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZANGEL LUIS SOBRINO BLANCO

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00552/2005

Fecha: 19/10/2005

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 513/2004

Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Apelante: D. Felix

PROCURADOR: Dª. CRISTINA GRAMAGE LÓPEZ

Apelado: SALUD DATA, S.A.

PROCURADOR: D. LAURENTINO MATEOS GARCÍA

Autos: JUICIO VERBAL N. 1050/2003

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 44 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

En MADRID, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1050/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 44 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 513/2004, en los que aparece como parte apelante: D. Felix representado por la procurador Dª. CRISTINA GRAMAGE LÓPEZ, y como apelado: SALUD DATA, S.A. representada por el procurador D. LAURENTINO MATEOS GARCÍA, sobre reclamación de daños y perjuicios, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 1050/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 44 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Luz Reyes Gonzalo, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 44 de Madrid, se dictó sentencia on fecha uno de Abril de 2004, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que estimo la demanda interpuesta en nombre de "Salud Data, S.A." y condeno al demandado D. Felix, a pagar a la demandante la cantidad de 2.335,04 euros de principal, más el interés legal de esta cantidad desde la fecha de interposición de la demanda así como las costas de este juicio."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, la Procuradora Sra. Dª. Cristina Gramage López, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 6 de Octubre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la demandante en la instancia se ejercitó acción en reclamación de cantidad contra el demandado, a consecuencia de los daños y perjuicios causados por su actuación negligente como letrado en defensa de los intereses de la actora.

La pretensión así ejercitada fue estimada íntegramente por la sentencia dictada en la instancia mostrando disconformidad contra la misma la demandada en base a los siguientes motivos de impugnación; error en la valoración de las pruebas y omisión de hechos probados; error en la valoración de las pruebas y vulneración de los artículos 1101 y 1106 del Código Civil y de doctrina jurisprudencial.

SEGUNDO

El recurso debe ser estimado.

La pretensión de la demandante se justifica por considerar que la actuación desarrollada por el recurrente como letrado fue negligente en la defensa de sus intereses en el procedimiento judicial iniciado contra ella...

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