SAP Ávila 108/2000, 30 de Marzo de 2000

PonenteMARIA PURA BUENO CLEMENTE
ECLIES:APAV:2000:169
Número de Recurso161/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución108/2000
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 108/99

SEÑORES DEL TRIBUNAL |

ILTMO. SR. PRESIDENTE |

DON JESUS GARCIA GARCIA |

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS |

DON IGNACIO PANDO ECHEVARRIA |

DOÑA Mª PURA BUENO CLEMENTE |

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En la Ciudad de Avila a 30 de marzo de 2000.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO JUICIO DE MENOR CUANTÍA número 198/96 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Avila, Rollo de Sala núm 161/99; seguidos entre partes, de una como apelante D. Emilio , representadO por el Procurador Don Jesús Fernando Tomás Herrero y defendido por el Letrado Don Juan José Calvo Martín ; y de otra como apelado,

D. Carlos Jesús en situación de rebeldía procesal en ambas instancias; actua como Ponente la Iltma Sra Magistrado Suplente Sra Mª PURA BUENO CLEMENTE

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Avila se dictó la Sentencia de fecha 2 de Diciembre de 1.997 en los autos JUICIO DE MENOR CUANTÍA número 198/96, de mencionado Juzgado cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo desestimar y desetimo la demanda interpuesta por el Procurdor de los Tribunales D. Jesús Fernando Tomas Herrero en represetnación de D Emilio contra D Carlos Jesús . Cada parte abonrará sus propias costas".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, y previo emplazamiento de las partes se personó únicamente la apelante en tiempo y forma, celebrándose la corres- pondiente vista del recurso el día 21 de los corrientes, con la intervención del Letrado indicados en el encabezamiento de la presente resolución, impetrando el de la apelante la revocación de la sentencia apelada y el apelado la confirmación de la misma.TERCERO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los fundamentos de derecho que contiene la resolución de instancia en mérito a las consideraciones que se exponen a continuación.

SEGUNDO

En el acto de la vista de este recurso la parte actora y hoy apelante reprodujo los argumentos expuestos en su demanda para sostener que procedía condenar al demandado al abono de cinco millones trescientas ochenta y una mil trescientas treinta y cuatro pts (5.381.334 pts) a favor del actor por entender que existió un contrato vebal de sociedad entre las de las partes y que en base al mismo se ha producido un enriquecimiento injusto del demandado, que avalan en la cantidad reclamada.

TERCERO

Para el éxito de la acción enriquecimiento injusto interpuesta en esta litis, resulta preciso que el actor acredite la existencia de los requisitos de la acción...

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