STSJ Comunidad Valenciana 1772/2006, 23 de Mayo de 2006

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2006:2630
Número de Recurso283/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1772/2006
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 283/2006

Recurso contra Sentencia núm. 283/2006

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintitrés de mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1772/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 283/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 SEPTIEMBRE 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 65/04, seguidos sobre prestaciones, a instancia de D. ANGEL TERESA HERMANOS, S.A., representada por el letrado D. Vicente Bru Parra, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y D. Juan Francisco , y en los que es recurrente EL DEMANDANTE, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 20 SEPTIEMBRE 2005 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda alegada por la representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y estimando en parte la demanda presentada por la empresa "ANGEL TERESA HERMANOS, S.A.", contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y el trabajador D. Juan Francisco , debo condenar al trabajador demandado a que reintegre a la empresa actora la cantidad de 12.7860'93 euros indebidamente percibidos en concepto de recargo de prestaciones, absolviendo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la Tesoreria General de la Seguridad Social de las prestaciones instadas en su contra. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1.- Por resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 12-12-01, confirmada por resolución de 09-05-02, se declaro la responsabilidad de la empresa "Angel Teresa Hermanos, S.A.", por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, en el accidente de trabajo sufrido el dia 05-09-00 por el trabajador D. Juan Francisco y la procedencia de incrementar con cargo exclusivo a la citada empresa en un 30% las prestaciones del sistema de Seguridad Social derivadas del accidente. Por la representación de la empresa se formuló demanda ante la jurisdicción social solicitando anulación de la sanción impuesta, recayendo sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Social nº 15 de los de Valencia de fecha 3-07-02 . Interpuesto recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA , se dictó sentencia en fecha 25-04-03 revocando la sentencia de instancia y declarando nula y sin efecto la resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL por la que se impuso el recargo de prestaciones. 2.- La empresa demandante, por el concepto de recargo de prestaciones, ingresó dentro del plazo reglamentario en la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la cantidad de 12.760'93 euros, correspondientes al recargo de prestaciones de incapacidad temporal y de incapacidad permanente parcial. 3.- En fecha 23-10-03 la empresa solicito del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la devolución de la cuantia del referido recargo, que fue denegado en fecha 14-11-093, aduciendo que ya se habia abonado al trabajador. Interpuesta reclamación previa el 20-11-03,...

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