STSJ Canarias , 9 de Julio de 2003

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2003:2339
Número de Recurso75/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 9 de julio de 2003.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Presidente), D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso y D./Dña. Pilar Díaz de Losada y Hamilton , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000075/2003 , interpuesto por La Jaquita S.L. , frente el Auto del JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0001166/2001 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el/la ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. PILAR DIAZ DE LOSADA Y HAMILTON , en sustitución de la Iltma. Sra. Dña. Mª del Carmen Sanchez-Parodi Pascua.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Ariadna , en reclamación de DESPIDO siendo demandado La Jaquita S.L. y celebrado juicio y dictad Sentencia, el día 29 de enero de 2002 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio. Notificada la sentencia a las partes y solicitada ejecución de la obligación de readmitir impuesta por la misma, se cita a comparecencia y se dicta Auto, de fecha 27 de junio de 2002, declarando extinguida la relación laboral que existía e indemnizando a la actora.

SEGUNDO

Que en el citado Auto y como hechos, se declaran los siguientes: PRIMERO.- Que por escrito de fecha 12 de Julio de 2002, por la parte D./Dña. La Jaquita S.L. se formula recurso de reposición contra la siguiente resolución: Auto de fecha 27 de Junio de 2002. SEGUNDO.- Que admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes para que dentro del plazo legal de cinco días pudieran impugnarlo. TERCERO.- Que ha transcurrido el plazo legal de impugnación concedido, habiéndose formulado el anterior escrito dentro de plazo .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó Auto, cuya parte dispositiva literal dice: Procede desestimar el recurso de reposición interpuesto contra el auto recurrido confirmando el mismo .

CUARTO

Que contra dicho Auto, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte La Jaquita S.L. , siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 01 de Julio de 2003 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al Auto del Juzgado de fecha 15 de noviembre de 2002, por el que se ejecutaba la sentencia dictada el día 29 de enero de 2002, y que declaró que nos hallamos ante una readmisión irregular, interpone Recurso de Suplicación la empresa demandada y con amparo procesal en el apartado c)

del art. 191 de la L.P.L, denuncia que el auto ha infringido normas sustantivas, en concreto el art. 276 de la Ley de Procedimiento Laboral. En fecha 29 de enero de 2002 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social nº 4 en cuyo fallo se declaraba...

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