SAP Alicante 138/2008, 18 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA TERESA SERRA ABARCA |
ECLI | ES:APA:2008:665 |
Número de Recurso | 505/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 138/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
1
A.P. Alicante, Sec. 5ª R. 505-A-2007
SENTENCIA NÚM. 138
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero
Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra
Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca
En la ciudad de Alicante a dieciocho de marzo de marzo de dos mil ocho.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1355/2006 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante D. Rogelio, representada por la Procuradora Dª Eva-Mª. López Pastor con la dirección del Letrado Dª Carmen Martínez García y como parte apelada-demandada C.P. APARTAMENTO000, representada por el Procurador Dª Eva Gutiérrez Robles y dirigida por el Letrado Dª Beatriz Muelas Barra.
Por el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Alicante en los autos de juicio Ordinario nº 1355/2006, se dictó en fecha 11 de junio de 2007 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dª Eva-Mª López en nombre y representación de D. Rogelio frente a COMUNIDAD DE PROPIETARIOS APARTAMENTO000 representada por Dª Eva Gutiérrez, imponiendo las costas a la parte actora".
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación nº. 505-A-2007 señalándose para votación y fallo el pasado día 17-03-2008.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.
La actora reitera en el recurso la nulidad del punto tercero del orden del día del acuerdo de fecha 17 de agosto de 2006, que conforme a su propuesta, se votó sobre la retirada del toldo de la vivienda del piso 6-E. Y previo debate, votaron a favor de su retirada el demandante y otro propietario, en contra 18 propietarios, y 7 abstenciones, por lo que la propuesta quedó denegada.
En el recurso argumenta que el toldo se ha colocado en un elemento común que le impide el uso del tendedero, atribuido consuetudinariamente desde hace más de 32 años por la Comunidad. El acuerdo adoptado al permitir que el propietario de la vivienda del 6-E coloque dos toldos sobre los pasillos comunes está permitiendo un uso abusivo del espacio comunitario, que vulnera el artículo 7.2 del Código Civil, en perjuicio de él, pues le impide tender en el más próximo a su vivienda.
Partiendo que no se discute sobre que los tendederos como los toldos están colocados sobre elementos comunitarios, la cuestión a determinar es, si como pretende la actora la colocación de dos toldos por la vecina del 6º-E, le impide el uso de los tendederos colocados por la comunidad para uso de todos los vecinos.
Las alegaciones de la parte no desvirtúan la valoración de la prueba que efectúa el Juzgador de...
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