SAP Madrid 106/2008, 12 de Febrero de 2008
Ponente | MARGARITA OREJAS VALDES |
ECLI | ES:APM:2008:5691 |
Número de Recurso | 457/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 106/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00106/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN DUODÉCIMA
ROLLO Nº 457/06
JDO. 1ª INST. Nº 70 DE MADRID
AUTOS Nº 1064/03 (ORDINARIO)
DEMANDANTE/APELADA: SOFTWARE AG ESPAÑA, S.A.
PROCURADOR: D. ROBERTO SASTRE MOYANO
DEMANDADA/APELANTE: TECSEGUR VIGILANCIA, S.L. (antes CEVISS, S.L.)
PROCURADOR: D. ÁNGEL ROJAS SANTOS
PONENTE: ILMA. SRA. Dª MARGARITA OREJAS VALDÉS
SENTENCIA Nº 106
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE VICENTE ZAPATER FERRER
D. FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
Dª MARGARITA OREJAS VALDÉS
En Madrid, a doce de febrero de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de
Procedimiento Ordinario nº 1064/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid, a los que ha correspondido
el Rollo nº 457/06, en los que aparece como demandante-apelada la Sociedad SOFTWARE AG ESPAÑA, S.A. representada por
el Procurador D. Roberto Sastre Moyano y como demandada-apelante TECSEGUR VIGILANCIA, S.L. (antes CEVISS S.L.)
representada por el Procurador D. Ángel Rojas Santos, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente la Ilma.
Sra. Dª MARGARITA OREJAS VALDÉS.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 27 de Enero de 2.006, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador D. Roberto Sastre Moyano en nombre de Software AG España, S.A., contra Ceviss, S.L., en su consecuencia condeno a esta última al pago a la actora de 87.199,75.- euros, intereses legales y costas." Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de la Sociedad demandada se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado a la otra parte que se opuso y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 5 de Febrero de 2.008, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Por la representación procesal de CEVISS, S.L., se presenta recurso de apelación frente a la sentencia dictada el 27 de enero de 2006 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 70 de Madrid en los autos de juicio ordinario nº 1064/2003. Alega que "el Juzgado yerra al dictar sentencia" por lo que solicita su revocación o subsidiariamente se deduzcan las cantidades por asistencia técnica y que ascienden a 66.284,66.-€.
La actora SOFTWARE AG ESPAÑA S.A., solicitó la confirmación de la sentencia y la desestimación del recurso.
Como bien dice la Juzgadora de Instancia el 4 de febrero de 2002, se suscribió un contrato de licencia de uso de productos de software entre las partes litigantes, y la demandada hoy apelante no abonó la segunda factura emitida por la actora, tampoco abonó las facturas correspondientes a un nuevo proyecto para el desarrollo del software comprado, ni la licencia cedida, ni tampoco las facturas correspondientes a la asistencia técnica prestada y que también debía abonar. Por lo que adeuda las facturas que se le reclamaron. No existe prueba alguna de lo manifestado por la apelante en el recurso que alega que el producto estaba sin rematar y que se había comprado a...
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