El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura: origen, objetivos y funcionamiento

AutorRoberto Bergalli/Iñaki Rivera Beiras
Páginas99-107

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En nombre de la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), organización internacional con sede en Ginebra, Suiza, deseo agradecer la invitación para participar en las «Jornadas Europeas: Privación de Libertad y Mecanismos de Garantía de los Derechos Humanos» y felicitar a los organizadores por este oportuno y concurrido evento. A título personal, como nieta de refugiados de la Guerra Civil Española, me conmueve poder acompañar los debates sobre la protección de los derechos humanos de las personas privadas de libertad en Cataluña, en España y en Europa. Mi presentación abordará el instrumento más innovador de las Naciones Unidas en la materia: el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en adelante el Protocolo Facultativo).

1. El origen, treinta años de lucha

El Protocolo Facultativo es el resultado de más de treinta años de lucha de la sociedad civil y de Estados comprometidos con la prevención de la tortura y los malos tratos. En 1973, Amnistía Internacional publicó su primer informe sobre la tortura en el mundo, causando un notable impacto en la opinión pública internacional. Un banquero suizo, Jean-Jacques Gautier, se vio particularmente conmovido y decidió dedicar su jubilación a combatir este flagelo. Para evaluar la

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mejor manera de invertir sus recursos, el Sr. Gautier realizó un análisis comparado de los posibles métodos para prevenir la tortura, concluyendo que las visitas a prisioneros de guerra efectuadas por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) demuestran que el contacto con el mundo exterior es la mejor manera de proteger a los detenidos. Con el cometido de promover un sistema universal y permanente de visitas a lugares de detención, se estableció en 1977 el Comité Suizo contra la Tortura (hoy la Asociación para la Prevención de la Tortura).

La movilización de la década de 1970 para combatir la tortura, se vio también reflejada en los avances normativos a nivel de las Naciones Unidas, donde se empezó a discutir un proyecto de Convención contra la Tortura. El «proyecto Gautier» logró también un importante nivel de apoyo, entre otros de la Comisión Internacional de Juristas y de los Gobiernos de Suiza y de Costa Rica. Se decidió entonces que el sistema de inspección de lugares de detención propuesto podría tomar la forma de un protocolo de la convención. También se valoró que por razones tácticas convendría esperar la aprobación de la misma convención, antes de empezar a negociar su protocolo.

Por esto, durante la década de 1980, se volcaron los esfuerzos en establecer sistemas de monitoreo a nivel regional. El Consejo de Europa se interesó y, en 1987, después de varias rondas de negociaciones, se logró la adopción de la Convención Europea para la Prevención de la Tortura. El instrumento creó un comité de expertos independientes, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT), con el mandato exclusivo de realizar visitas a los centros de detención y emitir recomendaciones a las autoridades competentes de los Estados Parte de Europa. En el continente americano, una iniciativa similar no prosperó, entre otros, porque la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contaba ya con mandato para ingresar a centros de detención, en el marco de sus observaciones in loco.

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Con la aprobación de la Convención contra la Tortura en 1984 y su entrada en vigor en 1987, revivió la idea de impulsar la modalidad de inspecciones dentro del sistema de las Naciones Unidas. Costa Rica decidió nuevamente apadrinar la iniciativa, presentando formalmente una propuesta a la Comisión de...

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