La protección de los derechos de la infancia. Como herramienta para la construir la paz

AutorMª Angeles Espinosa Bayal
Páginas129-151
La protección de los derechos de la infancia
...
como
herramienta para la construir la paz
Mª Angeles Espinosa Bayal
DOI: 10.14679/1865
“La guerra viola todos los derechos del niño,
el derecho a la vida, el derecho a estar con la familia y la comunidad,
el derecho a la salud, el derecho al desarrollo de la personalidad
y el derecho a ser educado y protegido
Graça Machel (1996)
1. INTRODUCCIÓN
La Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989) es-
tablece, en su artículo 19, que los niños y niñas deben ser protegidos de toda forma de
maltrato o abuso -físico y/o psicológico-, trato negligente y explotación, incluido el abu-
so sexual, mientras estén bajo la custodia de sus progenitores, representantes legales o
cualquier adulto encargado de su cuidado y protección. Así como, la responsabilidad
del Estado de articular medidas orientadas a la protección de quienes se encuentren en
estas situaciones. En este artículo, como en el resto de los que incluye la Convención, se
parte de la premisa de que existen unas necesidades básicas para todos los niños y niñas,
con independencia de cualquier otra consideración, y que es precisamente la existencia
de unos derechos que garantizan la satisfacción de esas necesidades la que va a permitir
que cada uno de ellos consiga desarrollar, al máximo, todas sus capacidades -físicas, psí-
quicas, sociales y emocionales- para poder alcanzar su plena autonomía y desenvolverse,
en su sociedad, como ciudadanos y ciudadanas con capacidad para ejercer todos y cada
uno de sus derechos (Ochaíta y Espinosa, 2004 y 2012). Estas necesidades que son, bási-
camente, dos: salud física y autonomía, requieren de una serie de satisfactores primarios
o necesidades secundarias, que aparecen recogidas en la Tabla 1, sin cuya presencia se
compromete gravemente el desarrollo integral de los niños y niñas limitando seriamente
el acceso a sus derechos.
Mª Angeles Espinosa Bayal
130
Tabla 1: Propuesta de satisfactores primarios, o necesidades secundarias, de salud física y autono-
mía desde el nacimiento a la adolescencia
Salud Física Autonomía
Alimentación adecuada Participación activa y normas estables
Vivienda adecuada Vinculación afectiva primaria
Vestidos e higiene adecuados Interacción con adultos
Atención sanitaria Interacción con iguales
Sueño y descanso Educación formal
Espacio exterior adecuado Educación no formal
Ejercicio físico Juego y tiempo de ocio
Protección de riesgos físicos Protección de riesgos psicológicos
Necesidades sexuales
Tomada de Ochaíta, E. y Espinosa, M.A. (2004). Hacia una teoría de las necesidades infantiles y adoles-
centes. Necesidades y Derechos en el marco de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del
Niño, pp. 253.
Una de las situaciones en las que la mayoría de las necesidades infantiles y adolescen-
tes no se ven adecuadamente satisfechas, y por tanto se vulneran todos y cada uno de los
derechos que de ellas se derivan1, (Fernández, 1984; Laporta, 1989; MacCormick, 1982;
Nino, 1989 y 1990; Ruiz Miguel, 1989) es la participación de niños y niñas en conictos
armados. A este respecto es importante destacar que hemos de diferenciar entre los ni-
ños y niñas que se ven afectados por las consecuencias de los conictos armados y los
que participan directamente en ellos -los denominados niños y niñas soldados-. Siguiendo
la denición basada en los Principios de Ciudad del Cabo de 1997 un niño soldado es:
“Toda persona menor de 18 años, que forma parte de cualquier tipo de fuerza o grupo ar-
mado regular o irregular en cualquier función distinta a la de ser únicamente miembro de
familia. Esto incluye a los cocineros, cargadores, mensajeros y a los que acompañan a dichos
grupos, además de a las niñas reclutadas para propósitos sexuales o para matrimonios for-
zados. Por tanto, no sólo se reere a un niño que está portando o que ha portado armas
(UNICEF, 1997)
No obstante, y pese a la habitual utilización del término niño soldado”, desde el enfo-
que de derechos de la infancia parece más adecuado hablar de niños y niñas combatientes
o que participan en conictos armados desarrollando cualesquiera de las tareas a las que
hace referencia la denición basada en los Principios de Ciudad del Cabo (Palacín de
Inza, 2016). El término “soldado tiene connotaciones profesionales y, por tanto, vincula-
das a un momento evolutivo en el que ya ha nalizado la infancia. Además, está asociado
con el ejército regular y es precisamente en los grupos armados no regulares donde es
más frecuente el reclutamiento de niños y niñas. El reclutamiento y la utilización de ni-
1 El constructivismo moral, como fundamentación de los derechos humanos, considera la
existencia de ciertos valores, entre los que se sitúan la satisfacción de las necesidades universales, que
necesariamente tienen que ser recogidos en los textos jurídicos para poder ser garantizados.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR