SAP Santa Cruz de Tenerife 330/2007, 17 de Octubre de 2007
Ponente | PABLO JOSE MOSCOSO TORRES |
ECLI | ES:APTF:2007:2031 |
Número de Recurso | 379/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 330/2007 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª |
S E N T E N C I A N.º 330.
Rollo n.º 379/07.
Autos n.º 1501/06.
Juzgado de 1ª Instancia n.º 2 de La Laguna.
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Pablo José Moscoso Torres.
MAGISTRADOS
Don Emilio Fernando Suárez Díaz.
Doña Pilar Aragón Ramírez.
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En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de octubre de dos mil siete.
Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de La Laguna, en los autos n.º 1501/06, seguidos por los trámites del juicio verbal y promovidos, como demandante, por DON Roberto, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Sonia González González y dirigido por la Letrada Doña María Julia Hernández Suárez, contra DON Juan Francisco, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Isabel Lage Martínez y dirigido por el Letrado Don Juan Luis García Ravelo; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.
En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Doña María Paloma Fernández Reguera dictó sentencia el veintiséis de abril de mil novecientos noventa y siete cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que desestimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador Sra. Marco Flor, en nombre y representación de D. Roberto, contra D. Juan Francisco, representado en actuaciones por la Procuradora Sra. Alonso Martín, y en su consecuencia debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda. Todo ello con imposición de las costas procesales a la parte actora, por ser preceptivo. ».
Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, DON Roberto, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandada, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.
Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de tres de septiembre pasado, incoar el presente rollo y designar Ponente, y por providencia de once de septiembre señalar para la votación y fallo del presente recurso el día diez de octubre del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La sentencia de primera instancia desestimó la demanda en la que el actor pretendía la suspensión de la obra llevada a cabo por el demandado, "descrita en el ordinal segundo de los hechos de esta demanda" según el tenor literal de su suplico, ordinal en el que se aludía a...
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