SAP Almería 102/2006, 26 de Abril de 2006
Ponente | MARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID |
ECLI | ES:APAL:2006:303 |
Número de Recurso | 23/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 102/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO APELACIÓN JUICIO DE FALTAS Nº 23/06
SENTENCIA Nº 102/06
En Almería, a 26 de Abril de 2006
Visto en grado de apelación por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por la Ilma. Sra. Magistrado Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID el Rollo número 23/06 y JUICIO DE FALTAS número 158/05, seguido en el Juzgado de Instrucción Nº3 de Almeria por Falta de Incumplimiento del regimen de visitas, en el que figura como APELANTE Marí Jose, representado por Procurador D. Dolores Lopez Campra y defendido por Letrado D. Diego Alamo Felices; y siendo parte el Ministerio Fiscal.
Se aceptan como relación de trámite y antecedentes de hecho los de la sentencia apelada.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Almería en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 4 de Octubre de 2005, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:
De lo actuado aparece acreditado que el día 30 de septiembre de 2005, D. Lorenzo acudió al domicilio de su ex esposa Dª. Marí Jose, a fin de recoger al hijo común, en cumplimiento del régimen de visitas fijado en resolución judicial, sin poder llevárselo consigo al no hacerle entrega del mismo.
Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo:
"Que debo condenar y condeno a Dª Marí Jose, como autora de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares a la pena de 10 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas procesales si se hubieren devengado.
Por la condenada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, interesando en su escrito se dicte nueva sentencia por la que se absuelva a la referida, por las razones expuestas en dicho escrito.
Del recurso se dio traslado a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal la confirmaicon de la resolucion impugnada.
Remitidas las actuaciones a este Tribunal, se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia, y se trajeron los autos para sentencia el día 26 de Abril de 2006.
Se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los así declarados en la resolución recurrida.
Alega frente a la sentencia condenatoria aplicación indebida del art 618.2 cp en tanto que no ha existido orden o requerimiento concreto judicial especifico la recepcion por...
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