SAP Madrid 77/2008, 4 de Febrero de 2008

PonenteFATIMA MARIA DURAN HINCHADO
ECLIES:APM:2008:1188
Número de Recurso533/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución77/2008
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 26

MADRID

SENTENCIA: 00077/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Vigésimosexta

Rollo número 533/07 RP

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid

Proc. Origen: Procedimiento Abreviado número 496/07

SENTENCIA núm. 77/08

S.S. Ilmas.

DOÑA SUSANA POLO GARCÍA (Presidenta)

DOÑA TERESA ARCONADA VIGUERA

DOÑA FÁTIMA DURÁN HINCHADO

En Madrid, a 04 de febrero de 2008.

La Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésimosexta, compuesta por la Ilma Sra. Presidenta Doña SUSANA POLO GARCÍA y por las Ilmas. Sras. Magistradas Doña TERESA ARCONADA VIGUERA y Doña FÁTIMA DURÁN HINCHADO ha entendido de la causa registrada como rollo número 533/2.007 en trámite de apelación contra la sentencia número 464/2007 dictada el día 23 de octubre de 2007 en el procedimiento abreviado número 496/07 seguido ante el Juzgado de lo Penal número Diecisiete de Madrid, procede dictar la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Penal, se dictó sentencia con fecha 23-10-07, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

"Analizando en conciencia la prueba practicada en el acto del juicio oral, resulta acreditado y así expresamente se declara que el día 7 de octubre de 2007, sobre las 4 de la madrugada el acusado Jose María, mayor de edad, sin antecedentes penales, conducía el vehículo de su propiedad, matrícula 4282-FTF, bajo los efectos de una ingesta de bebidas alcohólicas que por su intensidad le incapacitaban para realizar una maniobra segura. Por ello al llegar a la calle Jorge Juan de Madrid y percatarse de la existencia de un control aleatorio de alcoholemia, trató de eludir el mismo, frenando bruscamente lo que provocó la casi colisión con los vehículos que circulaban por la misma vía detrás de él, tratando de realizar un giro a la izquierda, para introducirse en un parking allí existente, lo cual no consiguió siendo detenida su marcha en la entrada del citado parking.

La policía local observó en el acusado los siguientes síntomas de intoxicación etílica: fuerte olor a alcohol, ojos enrojecidos, habla repetitiva y poco clara, le costaba vocalizar y actitud nerviosa.

Sometido a las correspondientes pruebas de alcoholemia, las cuales fueron realizadas con etilo metro marca DRAGER 7110 número de serie ARWB-0004, arrojaron un resultado positivo de 0,58 miligramos de alcohol por litro de aires espirado en la primera prueba y 0,62 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en a segunda prueba realizada.

El certificado de verificación periódica de dicho aparato caducó el día 19 de julio de 2007.".

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado Jose María como responsable de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379 Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de seis meses de multa de una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 540 EUROS DE MUJLTA y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante un plazo de un año y un día.

El impago de la multa podrá dar lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas impagadas a cumplir en Centro Penitenciario.".

SEGUNDO

Contra la meritada sentencia interpuso el condenado el día 13 de noviembre siguiente recurso de apelación, representado por la Procurador de los...

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