SAP Murcia 111/2006, 10 de Abril de 2006
Ponente | MARIA JOVER CARRION |
ECLI | ES:APMU:2006:981 |
Número de Recurso | 15/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 111/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
SENTENCIA nº 1 1 1 / 0 6
Ilmos. Sres.
Don Abdón Díaz Suárez
Presidente
Dª María Jover Carrión
Don Fernando López del Amo GonzálezMagistrados
En Murcia, a diez de abril de dos mil seis.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 883/04, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Once , entre las partes: como actora Instituto de Crédito Oficial, representada por el Procurador Sr/a. Jiménez Martínez y defendida por el Letrado Sr/a. Sánchez Guillén, y como demandados Jose Augusto y Flor representados por el Procurador Sr/a. García Mortensen y defendida por el Letrado Sr/a. Díaz Hernández.
En esta alzada actúa como apelante el Instituto de Crédito Oficial, personándose por el Procurador Sr/a Jiménez Martínez, y defendido por el Letrado Sr. Pérez Broseta, y como apelada Jose Augusto y Flor , personándose por el Procurador Sr/a García Mortensen. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 7 de junio de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la resolución cuya parte dispositiva, aclarada por auto de 14 de junio de 2005 , dice así: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Don Carlos Jiménez Martínez en nombre y representación de Instituto de Crédito Oficial contra Don Jose Augusto y Doña Flor , representado por el Procurador Don Diego García Mortensen, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la entidad demandante la cantidad de seis mil quinientos sesenta y un euros con veintisiete céntimos (6.561,27 euros) más los intereses pactados al 13% de dicha cantidad desde el día 1quince de enero de dos mil tres hasta su completo pago, sin imposición de costas procesales."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación del Instituto de Crédito Oficial al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.
Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 15/06, señalándose el día 3 de Abril de 2.006 para deliberación, votación y fallo.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
La Juez de Instancia dictó sentencia estimando en parte la demanda formulada por Instituto de Crédito Oficial contra los demandados en reclamación de cantidad derivada de un préstamo de 18 de febrero de 1988 concedido a los demandados por el Banco de Crédito Agrícola como consecuencia de las inundaciones extraordinarias de noviembre de 1987.
La parte demandante recurre tal resolución por estimar que la misma no es ajustada a derecho por haber excluido los intereses moratorios y por fijar un día incorrecto para el inicio del devengo de intereses.
Intenta la parte demandante que no se aplique la teoría del retraso desleal aceptada por el Juez de Instancia al considerar que el mismo se ha...
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