SAP Madrid 136/2006, 15 de Marzo de 2006
Ponente | JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2006:2739 |
Número de Recurso | 750/2004 |
Número de Resolución | 136/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
PURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSAJUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZJOSE ZARZUELO DESCALZO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00136/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 769/2004
Ilmos. Sres. Magistrados:
PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA
JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
JOSÉ ZARZUELO DESCALZO
En MADRID, a quince de marzo de dos mil seis.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 689/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 20 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 769/2004, en los que aparece como parte apelante Alberto y Daniela, y como apelado BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A., sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Madrid, en fecha 13 de julio de 2004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda presentada por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. contra D. Alberto y Dª Daniela, condenando solidariamente a los referidos demandados a que paguen a la parte actora la cantidad de ciento noventa y cuatro mil ochenta y un euros con cincuenta y cuatro céntimos (194.081'54 ¤) más el interés legal de dicha suma desde la fecha de emplazamiento de los demandados. Condeno a éstos al pago de las costas del presente proceso.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada debiendo ser sustituidos por los de la presente.
Como hechos relevantes a tener en cuenta a la hora de resolver el presente recurso, hemos de poner de manifiesto los siguientes:
La entidad Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., como entidad sucesora del Banco de Gestión Financiera S.A., ejercita en el presente procedimiento una acción personal derivada de un contrato de préstamo hipotecario suscrito en el año 1994, por importe de 278.268,60 ¤. Resuelto dicho contrato por impago en el año 1995 e instado el procedimiento de ejecución previsto en el art. 141 de la Ley Hipotecaria , por importe de 289.086,77 ¤, el mismo finalizó con adjudicación de la finca en tercera subasta al Banco ejecutante por el precio de 212.1507,27 ¤. En la fecha de la adjudicación, 21 de enero de 1997, quedaba subsistente un derecho de crédito a favor de la entidad actora por importe de 76.929,50 ¤. Mediante Acta Mercantil de intervención de saldo en préstamo hipotecario, extendida el 26 de mayo de 2003, se determinó que el saldo pendiente derivado del préstamo inicial, ascendía a 194.081,54 ¤, que junto a los intereses correspondientes es la cantidad aquí reclamada frente a los demandados en su condición de...
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