SAP Murcia 231/2007, 24 de Octubre de 2007
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2007:2322 |
Número de Recurso | 77/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 231/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00231/2007
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Fernando López del Amo González
Magistrados
S E N T E N C I A Nº 231
En la ciudad de Murcia, a veinticuatro de octubre de dos mil siete.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Yecla y seguidos ante el mismo con el nº 187/06, -rollo nº 77/07-, entre las partes, actora, D. Romeo, mayor de edad, vecino de Yecla (Murcia), con domicilio en CAMINO000, nº NUM000 - NUM001 y con D.N.I. nº NUM002, representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Alonso Martínez y en la Audiencia por el Procurador Sr. Jiménez Martínez, y dirigido por el Letrado Sr. Ortuño Muñoz; y demandada, D. Bruno, mayor de edad, casado, vecino de Yecla, con domicilio en CALLE000 nº NUM003, con D.N.I. nº NUM004, representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. Hernández Díaz y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Mercader Roca, y dirigido por el Letrado Sr. López Prats. Versando sobre tutela sumaria de la posesión.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Romeo contra la sentencia de 31 de enero de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
DE HECHO
La referida resolución contiene el siguiente fallo:
"Que DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Alonso Martínez en nombre y representación de Carlos Jesús contra Bruno, DEBO DECLARAR Y DECLARO no haber lugar al interdicto de recobrar la posesión con imposición de las costas procesales del presente procedimiento a la parte actora. Reservándose a las partes el derecho sobre la posesión definitiva, que podrán utilizar en el juicio correspondiente".
Contra dicha sentencia interpuso D. Romeo recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.
Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 77/07, y tras señalarse día para la votación y fallo del recurso, quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Romeo interpuso demanda de Juicio Verbal sumario para recobrar la posesión, exponiendo en dicha demanda que era propietario de dos fincas rústicas en el paraje de la Fuente del Alamo o Aljezares, término municipal de Yecla, y que había adquirido la última de las parcelas por herencia de su madre, fallecida en enero de 2003. Añadía el actor que a sus dos fincas se accedía por medio de la parcela NUM005 del catastro y las demás cercanas al camino.
Por su parte, el demandado es propietario de otras dos fincas registrales, parcelas nº NUM006, NUM007, NUM008 y NUM005 del catastro, y según el actor, había procedido al desmonte y roturación de varias zonas, impidiendo que el Sr. Romeo pudiera acceder a su finca, a pesar de que, mantenía el actor, la servidumbre de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba