Orden ARM/496/2010, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.

MarginalBOE-A-2010-3655
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, recoge las condiciones para el ejercicio de la pesca de esta especie por parte de los buques pesqueros y almadrabas españolas.

Mediante la Orden ARM/956/2009, de 16 de abril, por la que se modifica la Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, se incluyeron las modificaciones necesarias al objeto de incluir las nuevas medidas que fueron aprobadas para esta pesquería por parte de la Comisión Internacional para la conservación del atún Atlántico (CICAA) en su reunión anual de Marrakech.

El Reglamento (CE) n.º 302/2009, del Consejo, de 6 de abril de 2009, por el que se establece un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico Oriental y el Mediterráneo, ha sustituido la anterior regulación comunitaria contenida en el Reglamento (CE) n.º 1559/2007, del Consejo, de 17 de diciembre de 2007.

Por otra parte, la Comisión Internacional para la Conservación el Atún Atlántico (CICAA) ha adoptado en su 17.ª Reunión extraordinaria celebrada en noviembre de 2009, la Recomendación ICCAT (09-06) que enmienda la Recomendación de ICCAT sobre el establecimiento de un plan de recuperación plurianual para el atún rojo en el Atlántico Este y Mediterráneo. Las modificaciones introducidas por esta recomendación deberán aplicarse durante la campaña de pesca de atún rojo del año 2010.

Teniendo en cuenta que en España existen flotas que realizan esta pesquería durante todo el año, es preciso adaptar de la normativa nacional ya existente, al objeto de cumplir con los nuevos requisitos.

En este sentido, dadas las características específicas de la pesca de atún rojo, es necesario introducir una mayor flexibilidad en la gestión de su cuota que contribuya a una mejor adaptación a las condiciones actuales y establecer las condiciones para el ejercicio de la pesca de atún rojo por parte de las flotas autorizadas para realizar captura accesoria de esta especie.

Por todo ello, se procede a modificar la Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril.

En la elaboración de la presente orden ha emitido...

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