SAP Barcelona 423/2007, 15 de Junio de 2007

PonenteLUIS FRANCISCO CARRILLO POZO
ECLIES:APB:2007:8078
Número de Recurso319/2007
Número de Resolución423/2007
Fecha de Resolución15 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DUODÉCIMA

ROLLO Nº 319/2007 R

JUICIO ORDINARIO NÚM. 1209/2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE SABADELL

S E N T E N C I A N ú m.423/07

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMÉNEZ DE PARGA GASTÓN

D. PAULINO RICO RAJO

D. LUIS FRANCISCO CARRILLO POZO

En la ciudad de Barcelona, a quince de junio de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio ordinario nº 1209/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sabadell, a instancia de Dª. Ángeles representada por el Procurador Luis Samarra Gallach y defendida por el Letrado Ángel González Sarrate, contra MERCURIO ENTIDAD ASEGURADORA, SARBUS (MARTÍ RENOM, S.A.) y Juan Manuel representados por la Procuradora Carlota Pascuet Soler y defendidos por la Letrada Meritxell Torres Rey; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de octubre de 2.006, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de primera instancia número 3 de Sabadell se dictó sentencia de 27 de octubre de 2006 cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: «Decideixo desestimar la demanda presentada pel procurador Sr. Carretero en representació de Doña. Ángeles contra Don. Juan Manuel i contra les entitats Martí Renom, S.A. i asseguradora Mercurio, amb imposició a la part actora de les costes causadas en el plet».

SEGUNDO

La sentencia fue recurrida en apelación por la parte actora, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC, fijándose el día 24 de mayo de 2007 para deliberación y votación de la misma.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han seguido las prescripciones legales.

VISTO ponente Don LUIS FRANCISCO CARRILLO POZO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se remonta al accidente sufrido el 6 de julio de 2002 por la actora a bordo de un autobús de la empresa Martí Renom S.A., conducido por el Sr. Juan Manuel y asegurado por Mercurio S.A. Dicho autobús hacía y hace la línea entre la zona donde se concentran los locales de ocio nocturno de Sabadell y el centro de esta villa, contratado por los empresarios de tales locales y ofrecido gratuitamente a sus clientes. No consta claramente el mecanismo de control de acceso al mismo, mas la afirmación contenida en el escrito de contestación a la demanda formulado por Mercurio donde se afirma que no existía tal, y que los pasajeros subían por cualquiera de sus puertas, no ha sido cuestionada. Consta que la noche del 6 de julio de 2002, en torno a las veintidós horas, la actora sufrió el impacto de un tubo fluorescente desprendido del techo del vehículo como consecuencia del comportamiento destructor de un grupo de muchachos que viajaban en él. Consta igualmente que el conductor recriminó a los causantes su actitud antes de que ocurrieran los hechos, y que este tipo de espectáculos no eran extraños en esa línea, hasta el punto de que en la actualidad existe un especial servicio de seguridad (declaración del Sr. Juan Manuel en el acto del juicio).

SEGUNDO

Cuestiona la actora-apelante en primer lugar el comportamiento del conductor, por no haber ejercido sus funciones de policía dentro del autobús, elemento en el que funda la exigencia de responsabilidad. El art. 1902 CC requiere, para que se pueda hablar de responsabilidad extracontractual, la concurrencia de tres elementos: acción u omisión culposa, nexo de causalidad y negligencia en quien la provoca. A la negligencia se equipara el...

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