STSJ Murcia 445, 3 de Abril de 2006

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2006:445
Número de Recurso316/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución445
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00383/2006 ROLLO Nº: RSU 316/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a tres de abril del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA María Cristina , contra la sentencia número 341/05 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 28 de noviembre del 2005, dictada en proceso número 766/05 , sobre INVALIDEZ, y entablado por DOÑA María Cristina frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña María Cristina , nacida el 16 de octubre de 1946, con DNI nº NUM000 , figura afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social en razón de la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como vendedora ambulante de joyas por cuenta propia. SEGUNDO.- El 1 de octubre del 2003 la demandante inició proceso de incapacidad temporal. Tramitado expediente de invalidez permanente, el

Instituto Nacional de Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 13 de junio del 2005, resolvió el día 15 del mismo mes denegar a la demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló la demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 31 de agosto del 2005. CUARTO.- Presenta la demandante el siguiente cuadro clínico: trastorno distímico; obesidad mórbida; poliartralgias; artrosis moderada; pinzamiento discal L5-S1; desprendimiento posterior de vítreo en el ojo derecho; la agudeza visual con su corrección es de 2/3 en ambos ojos. QUINTO.- La base reguladora asciende a 650,21 euros al mes."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que DESESTINANDO la demanda formulada por doña María Cristina contra el INSS, debo absolver y absuelvo al referido Organismo demandado de la pretensión deducida en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARIA DOLORES LOPEZ HERNANDEZ, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora, Dª María Cristina , presentó demanda en la que invoca que es vendedora ambulante de joyas, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente total.

La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en síntesis que no concurría el grado de invalidez solicitado.

La actora, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR