STSJ Murcia 171/2008, 18 de Febrero de 2008

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2008:334
Número de Recurso98/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución171/2008
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00171/2008

ROLLO Nº: RSU 98/2008

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a dieciocho de febrero del dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Julieta, contra la sentencia número 406/07 del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia, de fecha 15 de octubre del 2007, dictada en proceso número 113/07, sobre ACCIDENTE, y entablado por DOÑA Julieta frente a SOCIEDAD COOPERATIVA AGRARIA LOS VALIENTES, MUTUAL MIDAT, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora doña Julieta, nacida el 04/03/1953, con DNI nº NUM000, sufrió el 27/07/2005 un accidente de trabajo mientras prestaba sus servicios como auxiliar de almacén de frutas por cuenta de la empresa demandada "Soc. Coop. Agraria Los Valientes", que tiene concertada la cobertura de los riesgos profesionales de sus trabajadores con la mutua codemandada "Mutual Midat Cyclops", a resultas del cual causó baja médica en la misma fecha e inició proceso de incapacidad temporal. SEGUNDO.- Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 06/11/2006, resolvió el 09/11/2006 declarar a la trabajadora accidentada afecta de lesiones permanentes no invalidantes, indemnizables en 690 euros conforme al baremo núm. 71 izquierdo. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló la demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 01/02/2007. CUARTO.- Presenta la demandante el siguiente cuadro clínico: Traumatismo sobre hombro izquierdo con rotura del manguito de los rotadores, tratado con artroscopia reparadora y rehabilitación. Secuelas.- limitación de los últimos grados de abducción, anteversión y rotación interna, con dolor y sensación de pérdida de fuerza al bajar el miembro superior izquierdo desde abducción y anteversión máximas. QUINTO.- La base reguladora asciende a 721'74 euros al mes en caso de incapacidad permanente total y a 1.188 euros mensuales en el supuesto de incapacidad permanente parcial."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por doña Julieta contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, "Mutual Midat Ciclops" y "Soc. Coop. Agraria Los Valientes", debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la pretensión deducida en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. GINES GARCIA MELGAREJO, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de MUTUAL MIDAT, representado por D. ALFONSO MERCADER PARRA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora, Dª Julieta, presentó demanda en la que invoca que es auxiliar de almacén, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente total o subsidiariamente parcial.

La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en síntesis que no concurrían los grados de invalidez solicitados.

La actora, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, el otro, al examen del Derecho aplicado, postula la...

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