SAP Valladolid 263/2007, 12 de Julio de 2007

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2007:871
Número de Recurso260/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución263/2007
Fecha de Resolución12 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00263/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000260 /2007

SENTENCIA Nº 263

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a doce de Julio de dos mil siete.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL Nº 1132/06 del Juzgado de 1ª Instancia Nº 11 de VALLADOLID, seguido entre partes, de una como DEMANDANTE-APELANTE, D. Daniel, mayor de edad y con domicilio en Curiel de Duero (Valladolid), representado por el Procurador D. CRISTOBAL PARDO TORÓN, y defendido por el Letrado D. EUGENIO GARCÍA TEJERINO, y como DEMANDADO-APELADO, ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE QUINTANILLA DE ARRIBA, en la persona de su presidente D. Ángel, con domicilio social en PLAZA000 nº NUM000 de Quintanilla de Arriba, bajo la dirección del Letrado D. JOSÉ CARLOS PIÑEYROA DE LA FUENTE; sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 9-03-07, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Pardo Torón en nombre y representación de D. Daniel contra la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Quintanilla de Arriba debo absolver ya dicha demandada de las pretensiones deducidas en su contra, sin efectuar pronunciamiento sobre las costas causadas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación procesal del DEMANDANTE, D. Daniel, se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 11-07-07, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia recurrida desestima la demanda deducida por D. Daniel, sobre reclamación de daños y perjuicios, frente a Asociación de Agricultores y Ganaderos de Quintanilla de Arriba (Valladolid) habidos como consecuencia del atropello de un jabalí cuando circulaba, con normalidad, con su vehículo, carretera N-122. El recurso promovido por el apelante, se basa en estimar vigente el art. 12 de la Ley de Caza de Castilla y León, Ley 4/96, no aplicada, por mor de la Disposición Adicional 9 del Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Víal, que arbitra un nuevo régimen de responsabilidad para los supuestos, cual el presente de daños

habidos como consecuencia de atropello de especies cinegéticas.

SEGUNDO

Sin embargo, el...

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