SAP Las Palmas 40/2007, 7 de Febrero de 2007

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2007:146
Número de Recurso761/2006
Número de Resolución40/2007
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Ricardo Moyano García (Ponente) Magistrados:

D./Dª. Rosalía Fernandez Alaya

D./Dª. Ildefonso Quesada Padrón

En Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2007.

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 30 de junio de 2006

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Victoria

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 30 de junio de 2006, seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de D./Dña. Victoria representados por el Procurador D./Dña. Ana T. Kozlowski. y dirigidos por el Letrado D./Dña. Carlos Mauricio Bravo De Laguna Navarro, siendo parte apelada D./Dña. Marco Antonio representados por el Procurador D./Dña. Maria Del Carmen Quintero Hernandez y dirigidos por el Letrado D./Dña. Carmen Romero Limiñana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: Primero: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Carmen Quintero Hernández, en nombre y representación de D. Marco Antonio, contra Doña Victoria, declaro extinguida la pensión compensatoria establecida a favor de la demandada en la sentencia de divorcio dictada por este juzgado en fecha 15 de octubre de 1991.

Segundo

No se imponen las costas a ninguna de las partes.

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 2 de febrero de 2.007.

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Ricardo Moyano García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se discute en este procedimiento la extinción de la pensión compensatoria a favor de la exesposa acordada en el convenio regulador de la separación de 4 de febrero de 1986, y confirmada en la sentencia de divorcio de 15 de octubre de 1991. La pensión, de módico importe, 8.000 ptas., tras las actualizaciones se ha incrementado hasta los 102 € mensuales, y la petición de supresión se basa en que la fortuna de la acreedora se ha incrementado sustancialmente, ya que de no tener ingreso propio alguno ha pasado a obtener una pensión no contributiva de 280...

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