SAP Madrid 128/2008, 5 de Marzo de 2008

PonentePABLO QUECEDO ARACIL
ECLIES:APM:2008:4638
Número de Recurso630/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución128/2008
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00128/2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 660 /2007

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

En MADRID, a cinco de marzo de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO CAMBIARIO 1156/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 660/2007, en los que aparece como parte apelante FEMABOR CONSTRUCCIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL, representada por el procurador D. IGNACIO AGUILAR FERNÁNDEZ, y como apelado BANCO DE ANDALUCIA, S.A., representada por la procuradora Dña. MARÍA JOSÉ BUENO RAMÍREZ, quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, en fecha 22 de mayo de 2007 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que DESESTIMO la demanda de OPOSICIÓN interpuesta por el procurador D. IGNACIO AGUILAR FERNANDEZ, en nombre y representación de la entidad FEMABOR CONSTRUCCIONES S.L., frente a la demanda de Juicio Cambiario presentada en su contra por la procuradora Da. MA. JOSÉ BUENO RAMIREZ en nombre y representación de la entidad BANCO DE ANDALUCÍA S.A., con los siguientes pronunciamientos:

  1. - Condeno a la entidad FEMABOR CONSTRUCCIONES S.L., a abonar a BANCO DE ANDALUCÍA S.A. la cantidad de 87.730,36 Euros, de los que 87.200 Euros corresponden al importe del efecto impagado y 530,36 Euros a los intereses devengados hasta el día 27-09-06 al 6% de interés.

  2. - Condeno a la entidad FEMABOR CONSTRUCCIONES S.L., al pago de los intereses moratorios vencidos al tipo del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde dicha fecha hasta la fecha de la presente resolución, y, en su caso, los intereses de mora preocesal previstos en el artículo 576 de la LEC, sobre la suma de todas las cantidades antes indicadas.

  3. - Y condeno a la entidad FEMABOR CONSTRUCCIONES S.L., al pago de las costas causadas.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte FEMABOR CONSTRUCCIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL, al que se opuso la parte apelada BANCO DE ANDALUCIA, S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 27 de febrero de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

El demandado se alza contra la sentencia de instancia, formulando cuatro motivos de los que el...

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