ORDEN TES/61/2018, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a operaciones de las entidades locales y determinados consorcios para la ejecución de actuaciones de vías ciclistas susceptibles de financiación procedente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyOrden

El Consejo Europeo aprobó, el 17 de junio del 2010, la estrategia Europa 2020 para promover un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Esta estrategia define los objetivos que la UE debe alcanzar en el año 2020 en los ámbitos de investigación e innovación, cambio climático y energía, empleo, educación y reducción de la pobreza.

El Gobierno de Cataluña, alineado con Europa 2020, aprobó, en abril de 2012, la estrategia Cataluña 2020 (ECAT 2020): la hoja de ruta para reactivar la economía y reorientar el sector productivo hacia un modelo económico más inteligente, más sostenible y más integrador. Una aportación primordial de la ECAT 2020 ha sido la definición de un marco estratégico y coherente para el impulso, la coordinación y el seguimiento de las políticas públicas que refuerzan las ventajas competitivas de Cataluña y que contribuyen a la consolidación de Cataluña en Europa y en el mundo como un país de base industrial, con una economía abierta, competitiva y sostenible. La ECAT 2020 identifica seis ámbitos prioritarios de actuación de las políticas públicas: empleo y formación, cohesión social, innovación y conocimiento, dinamismo empresarial, internacionalización y economía verde.

De acuerdo con el artículo 2 del Reglamento (CE) 1301/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por la que se deroga el Reglamento (CE) 1080/2006, el FEDER contribuirá a la financiación de operaciones orientadas a reforzar la cohesión económica, social y territorial, corrigiendo los principales desequilibrios regionales de la Unión mediante el desarrollo sostenible y el ajuste estructural de las economías regionales, así como la reconversión de las regiones industriales en retroceso y de las regiones con un retraso de desarrollo.

Para alcanzar este objetivo, es prioritario fomentar estrategias de reducción del carbono en todo el territorio mediante el impulso de la movilidad urbana sostenible, especialmente en las zonas urbanas, como es el caso del transporte en bicicleta y su intermodalidad en el transporte público, así como proteger, desarrollar y promover las áreas naturales, en particular las de interés turístico, para favorecer la conservación de los espacios naturales y el desarrollo económico y sostenible del territorio.

El Programa operativo de Inversión en Crecimiento y Empleo FEDER de Cataluña 2014-2020 (de ahora en adelante PO FEDER de Cataluña 2014-2020), aprobado por la Decisión de la Comisión Europea C(2015)894, de 12 de febrero de 2015, modificada por la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C(2017)8947 final, de 14 de febrero de 2017, por la que se aprueban determinados elementos del Programa operativo Cataluña, por el que se solicitan ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y trabajo, prioriza las inversiones en los ámbitos de la innovación y el conocimiento, el dinamismo empresarial y la economía verde y contribuye a cuatro prioridades transversales, que también son clave para alcanzar los objetivos 2020: equilibrio territorial, internacionalización, empleo y especialización inteligente.

En este contexto, el PO FEDER de Cataluña 2014-2020 prevé actuaciones impulsadas por las entidades locales y determinados consorcios en el marco de los objetivos temáticos 4 y 6, que tienen como objetivo favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores, y conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos, respectivamente. Este es uno de los objetivos temáticos en los cuales inciden los fondos estructurales y de inversión europeos, y que están recogidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 1303/2013.

El Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña establece en su artículo 3.8.5 que el Departamento de Territorio y Sostenibilidad tiene las competencias en el ámbito de transportes. Como consecuencia de este Decreto, ha sido necesaria la redefinición de la estructura organizativa interna de los departamentos de la Generalidad de Cataluña afectados. Mediante la regulación del Decreto 277/2016, de 2 de agosto, se regula la reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

La Secretaría de Infraestructuras y Movilidad del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, a través de la Dirección General de Infraestructuras de Movilidad, promueve la ejecución de actuaciones de vías ciclistas, con la finalidad de impulsar una movilidad baja en carbono, sostenible y segura basada en el uso de la bicicleta como modo de transporte sostenible y como herramienta de desarrollo económico y de promoción de una mejora en la calidad de vida de las personas. Así, el Departamento de Territorio y Sostenibilidad impulsa actuaciones específicas de vías ciclistas que sirven para la movilidad cotidiana y para el ocio y la práctica del deporte y el turismo:

- Dan continuidad a la red interurbana y completan itinerarios existentes.

- Sirven de aportación o contribuyen a la creación de la red.

- Dan respuesta a necesidades concretas de mejora de la movilidad en bicicleta; concretamente, facilitan la conexión con grandes polos generadores de movilidad y la accesibilidad en estaciones de transporte público aisladas de los núcleos urbanos.

- Mejoran las condiciones de circulación y la seguridad vial en los corredores de carreteras donde hay un elevado flujo de peatones y ciclistas.

- Tienen trazados independientes, recuperan antiguos trazados ferroviarios en desuso o bien siguen los corredores de las carreteras.

Consiguientemente, se pretende establecer una línea de ayudas por concurrencia competitiva para entes locales de Cataluña y cofinanciada con fondo FEDER con el objetivo de impulsar la movilidad en bicicleta mediante:

- La construcción de una red de vías ciclistas, priorizando aquellas actuaciones que conecten diferentes núcleos de población, polígonos industriales, grandes centros generadores de movilidad y estaciones de transporte público, aislados de los principales núcleos de población, con el objetivo de propiciar un trasvase modal en estos ejes de movilidad cotidiana a favor de los medios de transporte más sostenibles y eficientes energéticamente, y fomentar la intermodalidad en el transporte público colectivo.

- La mejora de la seguridad y prestaciones de las vías ciclistas interurbanas existentes.

- La continuidad y coherencia del conjunto de la red de vías ciclistas interurbanas de Cataluña mediante la aplicación de unos criterios de diseño y señalización homogéneos en todo el territorio.

- El desarrollo del cicloturismo mediante la construcción de una red de vías ciclistas conectada y con un impacto económico potencial en el territorio.

Por ello, de conformidad con las previsiones del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas a los fondos estructurales y de inversión europeos, del Reglamento (UE) núm. 1301/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, la Decisión de ejecución de la Comisión (2015) 894, de 12 de febrero de 2015, por la que se aprueban determinados elementos del Programa operativo (PO) FEDER Cataluña 2014-2020, y de acuerdo con las previsiones del capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, así como los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de normativa aplicable,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a operaciones de las entidades locales y determinados consorcios para la ejecución de actuaciones de vías ciclistas susceptibles de financiación procedente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), enmarcadas dentro de los objetivos temáticos 4 y 6 del Programa operativo FEDER de Cataluña 2014-2020: favorecer el paso hacia una economía baja en carbono en todos los sectores, y conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos, respectivamente, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 7 de junio de 2018

Damià Calvet i Valera

Consejero de Territorio y Sostenibilidad

Anexo I

Bases reguladoras

  1. Objeto

    Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la ejecución de actuaciones de vías ciclistas de las entidades locales y determinados consorcios susceptibles de financiación por el Programa operativo FEDER de Cataluña 2014-2020 y enmarcadas dentro de los objetivos temáticos 4 y 6, que tienen como objetivo favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores, y conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos, respectivamente, en los términos establecidos en el Programa operativo.

  2. Actuaciones subvencionables

    2.1 Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las actuaciones definidas en las líneas 1 y 2, de acuerdo con los objetivos específicos 4.5.1 Fomento de la movilidad urbana sostenible y 6.3.2 Protección, desarrollo y promoción de las áreas naturales, en particular las de interés turístico del PO FEDER de Cataluña 2014-2020, respectivamente:

    2.1.1 Línea 1. Vías ciclistas urbanas e interurbanas destinadas a la movilidad cotidiana:

    1. La ejecución de nuevas vías...

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