Orden INT/665/2015, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden INT/738/2006, de 13 de marzo, por la que se aprueba la declaración de prácticas y políticas de certificación del Ministerio del Interior.
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Abril de 2015 |
Marginal | BOE-A-2015-4193 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en su artículo 19 obliga a que todos los prestadores de servicios de certificación formulen una declaración de prácticas y políticas de certificación en la que se detallen las obligaciones que se comprometen a cumplir en relación con la gestión de los datos de creación y verificación tanto de la firma como de los certificados electrónicos, las condiciones aplicables a la solicitud, expedición, uso, suspensión y extinción de la vigencia de los certificados y los procedimientos de coordinación con los registros públicos correspondientes.
El Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, modificado por el Real Decreto 1586/2009, de 16 de octubre, establece en su artículo 13 que la referida declaración de prácticas y políticas de certificación estará disponible al público de manera permanente y fácilmente accesible en la página de Internet del Ministerio del Interior.
La Orden INT/738/2006, de 13 de marzo, por la que se aprueba la declaración de prácticas y políticas de certificación del Ministerio del Interior, establece en sus apartados 2.3 y 6.1.4 que tanto los certificados de la jerarquía del DNIe y las nuevas AC al dominio de certificación, como la comprobación de la huella digital, se publicarán en la dirección del DNIe (http://www.dnielectrónico.es) y a través del Boletín Oficial del Estado.
Se hace preciso introducir nuevos cambios que afectan a determinados datos del nombre del documento e identificación, así como a la raíz del DNIe, que inciden directamente en varios apartados del Anexo de la Orden INT/738/2006, de 13 de marzo.
En su virtud, dispongo:
Uno. El apartado 1.2 queda redactado como sigue:
...1.2 Nombre del documento e identificación:
Nombre del documento. Declaración de Prácticas y Políticas de Certificación (DPC). Versión del documento. 1.01. Estado del documento. No aplica. Fecha de emisión. No
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