ORDEN FORAL 80E/2023, de 21 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de la actividad industrial en Navarra para el año 2023.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 84 - 25 de abril de 2023 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 80E/2023, de 21 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de la actividad industrial en Navarra para el año 2023. Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

El Plan de Inspección Ambiental de Navarra 2023-2026 es el documento marco de carácter plurianual mediante el cual se configura y ordena la inspección en materia de calidad ambiental en Navarra, de acuerdo con las competencias de la Dirección General de Medio Ambiente, recogiendo el conjunto de objetivos y actuaciones a desarrollar por esta Administración en el periodo comprendido entre los años 2023 y 2026, ambos inclusive, con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas por la legislación ambiental y una elevada protección del medio ambiente y la salud de las personas en esta Comunidad Foral.

Este documento unifica la planificación en materia de inspección de las instalaciones y actividades que son competencia de la citada Dirección General, es decir, las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, las instalaciones afectadas por la Ley 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, y los Traslados Transfronterizos de Residuos en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con el Reglamento (UE) número 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) número 1013/2006 relativo a los traslados de residuos, y los subprogramas sectoriales de inspecciones medioambientales, dando cumplimiento a su vez a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, estatal y autonómica en cuanto al deber de los organismos competentes en materia de inspección de elaborar planes de inspección y, a su vez, aplicar buenas prácticas en la planificación que permiten una mejor gestión de medios materiales, personales y técnicos de que se disponen.

En el punto 8 del Plan de Inspección Ambiental se establece que la ejecución del plan de inspección se realizará a través de programas anuales que lo desarrollarán en detalle a lo largo del año natural, de acuerdo con lo indicado en el artículo 73 del Decreto Foral 26/2022. Por este motivo se elabora el presente programa de inspección en materia de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2023 una vez finalizado el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2022 que fue aprobado mediante la Resolución 98E/2022, de 25 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El programa de inspección ambiental es un documento que recoge la información necesaria para llevar a cabo las inspecciones ambientales que se incluyen y priorizan, y también la previsión de los recursos necesarios para a ejecutarlo.

El programa de inspección en materia de calidad ambiental para el año 2023, que se aprueba mediante la presente resolución, se estructura en cinco apartados y tres anejos con el contenido que, en síntesis, se indica a continuación.

En el primer apartado se encuentra una introducción con los antecedentes que motivan la elaboración del programa, el marco competencial para la elaboración del mismo y una referencia a las definiciones de términos empleados.

En el apartado segundo se contempla la vigencia temporal del programa y la zona geográfica comprendida en el mismo.

En el apartado tercero se plasma la memoria de actuaciones correspondiente a 2022.

En el cuarto apartado se hacen constar los objetivos del programa, tanto los estratégicos como los específicos.

En el apartado quinto se señalan los recursos humanos de que la Dirección General de Medio Ambiente dispone para el desarrollo de las funciones de inspección ambiental.

Asimismo, se contemplan en tres anexos relativos a la normativa de aplicación y a las metodologías de evaluación de riesgos en instalaciones y en traslados transfronterizos de residuos.

La competencia de la elaboración y ejecución de los programas de inspección ambiental de actividades industriales corresponde a la Sección de Inspección Ambiental, tal como establece el artículo 48.a) del Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Mediante la presente orden foral se pone en práctica lo indicado en el punto 8 del Plan de Inspección 2023-2026.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial de la Dirección General de Medio Ambiente para el año 2023 en Navarra, cuyo texto se incluye como anexo a esta orden foral.

  2. Trasladar esta orden foral al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, a los efectos oportunos.

  3. Publicar esta orden foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Contra la presente orden foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de Administraciones públicas, contra esta orden foral podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

    Pamplona, 21 de marzo de 2023.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

  5. –INTRODUCCION.

    1.1. Antecedentes.

    1.2. Marco competencial.

    1.3. Definiciones.

  6. –VIGENCIA Y ZONA GEOGRAFICA.

  7. –REVISIÓN DEL PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 2022.

    3.1. Revisión general del programa.

    3.2. Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2022.

  8. –OBJETIVOS DEL PROGRAMA.

    4.1. Objetivos estratégicos del programa.

    4.2. Objetivos específicos y proyectos en 2023.

    4.2.1. Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

    4.2.2. Actividades que funcionan con Autorización ambiental Unificada.

    4.2.3. Transportes transfronterizos de residuos.

    4.2.4. Muestreo y aforo de aguas residuales.

    4.2.5. Inspección de actividades AAI clausuradas.

    4.2.6. Vertederos activos y clausurados.

    4.2.7. Gestores de RAEE y RCD.

    4.2.8. Precursores de ozono en la Ribera.

    4.2.9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

    4.2.10. Aplicación de purines y digeridos.

    4.2.11. Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

    4.2.12. Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

    4.2.13. Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

    4.2.14. Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

    4.2.15. Resumen general.

  9. –RECURSOS HUMANOS.

ANEXO I –NORMATIVA DE APLICACIÓN.
ANEXO II –METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN INSTALACIONES.
ANEXO III –METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN TRASLADOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS.
  1. –INTRODUCCION

    1.1. Antecedentes.

    La Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación), introdujo la necesidad de establecer un sistema de inspección ambiental de las instalaciones que, incluyera el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de cada instalación.

    Este sistema debe garantizar que todas las instalaciones estén cubiertas por un plan de inspección con un adecuado nivel de comprobación de su comportamiento ambiental, garantizando además que dicho plan se reexamine y cuando proceda, se actualice periódicamente.

    Asimismo, se especifica el contenido mínimo que deben tener estos planes de inspección, así como, la obligación de elaborar periódicamente programas de inspección medioambiental programada, en los que se incluya la frecuencia de las visitas de inspección, en función de la evaluación sistemática de los riesgos medioambientales de las instalaciones, que será como máximo de tres años para las de riesgos menores.

    Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

    De acuerdo con lo indicado en el punto 8 del Plan de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra 2023-2026, se elabora el presente programa de inspección ambiental para año 2022 que contiene las actuaciones a realizar durante su vigencia y el contenido mínimo indicado en el mismo.

    1.2. Marco competencial.

    La competencia de la inspección de actividades industriales corresponde a la Sección de Inspección Ambiental, tal como establece el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, que asigna a esta sección las atribuciones previstas en el Decreto Foral en el ámbito del control e inspección de actividades potencialmente contaminantes, y, en concreto, las siguientes:

    1. Elaboración y ejecución de los planes y programas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR