ORDEN FORAL 148/2019, de 28 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se crea el Comité de seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
BOLETÍN Nº 253 - 27 de diciembre de 2019 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 148/2019, de 28 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se crea el Comité de seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra. Por Orden Foral 486/2007, de 9 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se creó el Comité de seguimiento del Organismo Pagador en la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con el Reglamento número 1290/2005, del Consejo, de 21 de junio, sobre la financiación de la política agrícola común, y con el Reglamento (CE) número 885/2006, de la Comisión, de 21 de junio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) número 1290/2005, del Consejo, en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y a otros órganos, y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER, y por el que se fijan los criterios de autorización de los organismos pagadores, entre ellos, el referido a la información y comunicación del organismo pagador.
En el marco del nuevo periodo de programación de los programas de desarrollo rural, el Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) número 352/78, (CE) número 165/94, (CE) N.º 2799/98, (CE) número 814/2000, (CE) número 1290/2005 y (CE) número 485/2008 del Consejo, establece que los organismos pagadores serán los servicios u organismos de los Estados miembros responsables de la gestión y control de los gastos de las ayudas financiadas con los fondos FEAGA y FEADER.
Por otra parte, el Reglamento Delegado (UE) número 907/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro, ha fijado los criterios de autorización de los organismos pagadores, entre ellos, el referido a la información y comunicación y a la supervisión del organismo pagador.
Mediante el Decreto Foral 7/2013, de 23 de enero, se autorizó al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local como Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de...
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