Orden ETD/642/2021, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en relación con la adaptación en el tiempo a las nuevas tablas de supervivencia.

MarginalBOE-A-2021-10419
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Rango de LeyOrden

En el sector asegurador se han introducido importantes novedades normativas respecto a diferentes aspectos relacionados con las tablas biométricas, elemento esencial en los seguros de vida y de decesos, a través, por una parte, del Real Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, y, por otra parte, de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, relativa a las tablas de mortalidad y supervivencia a utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la que se aprueba la guía técnica relativa a los criterios de supervisión en relación con las tablas biométricas, y sobre determinadas recomendaciones para fomentar la elaboración de estadísticas biométricas sectoriales.

La renovación de las tablas biométricas ha contemplado tanto los aspectos cuantitativos como los de carácter cualitativo, entre los que cabe mencionar los relativos al buen gobierno, la transparencia ante terceros y la adecuada conducta de mercado. Haber revisado todos estos elementos de manera coherente y sistematizada permite contar con una estructura más ordenada y completa en este ámbito.

Con el fin de adaptar la normativa reguladora de las tablas biométricas al nuevo marco, se ha abordado la modificación de las disposiciones vigentes sobre este particular contenidas en el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, así como en el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

La adaptación de las cuantías de las provisiones técnicas contables derivada de dicho cambio ha supuesto la introducción de una disposición transitoria en el Real Decreto 288/2021, de 20 de abril, para establecer un proceso transitorio voluntario en materia contable. Los datos disponibles sobre la adaptación a realizar y los principios de transparencia y competencia en condiciones de igualdad aconsejan que el proceso transitorio no se extienda más allá de lo necesario, tanto en términos temporales como en su ámbito de aplicación. Por las mismas razones de transparencia, tanto la documentación estadístico-contable como las cuentas anuales deben proporcionar información sobre la existencia y contenido de dicho proceso transitorio.

Así, esta orden tiene por objeto aprobar los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en relación con la adaptación en el tiempo a las nuevas tablas de...

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