ORDEN ARP/17/2017, de 3 de febrero, por la que se regulan la aprobación y las ayudas de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña para el período 2017-2018.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

La regulación del sector vitivinícola, establecida por normativa comunitaria iniciada en 1999, tiene por objetivo conseguir el equilibrio entre la oferta y la demanda de la producción vitícola y mantener el nivel de rentas de los viticultores. Para conseguir estos objetivos, es necesario aumentar la competitividad de los productores, consolidar el prestigio alcanzado por los vinos comunitarios como unos de los mejores del mundo, mantener las tradiciones, respetar el medio ambiente y potenciar el tejido social de las zonas vitícolas.

El Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm.922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, prevé en el artículo 41, que cada Estado miembro productor presente a la Comisión un proyecto de programa de apoyo de cinco años que comprenda medidas de ayuda al sector vitivinícola.

Asimismo, el Reglamento (CE) núm. 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (CE) núm. 479/2008 del Consejo en lo que respecta a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola, dispone que la primera presentación de programas de apoyo debía referirse a los cinco ejercicios financieros de 2009 en 2013.

El Reglamento delegado (UE) núm. 1149/2016, de la Comisión, de 15 de abril de 2016, completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en cuanto a los programas estatales de apoyo al sector vitivinícola y, modifica el Reglamento (CE) 555/2008 en cuanto a la presentación de programas de apoyo al sector vitivinícola para el período 2014 hasta 2018 y el Reglamento de ejecución (UE) núm. 1150/2016 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, en el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los programas estatales de apoyo al sector vitivinícola.

En Cataluña, el primer programa de apoyo al sector vitivinícola se establece mediante la Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero, que regula la gestión de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña y que ha sido aplicada, con sucesivas modificaciones, a lo largo del periodo 2008-2013. Posteriormente, se publica la Orden AAM/7/2014, de 16 de enero, por la que se regulan la aprobación y las ayudas de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña, para el período 2014 a 2018, y se convocan las ayudas correspondientes, en el marco establecido por el Real decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas de apoyo 2014 a 2018 en el sector, y por el Real decreto 1079/2014, de 19 de diciembre.

Para adaptarse a las modificaciones de la normativa europea mencionada en el Real decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola, contiene la normativa básica aplicable a partir del 18 de julio de 2016.

Entre las medidas para reforzar una estructura vitivinícola competitiva y apoyarlo se encuentran las actuaciones previstas en los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña, para favorecer la modernización de las explotaciones vitícolas así como la adecuación varietal a las nuevas tendencias del mercado. Por lo tanto, es necesario adecuar la regulación de la presentación de los planes de reestructuración y/o reconversión en el marco del programa de reestructuración y reconversión del viñedo para el periodo 2014-2018, para las campañas 2017 y 2018 de acuerdo con las modificaciones del nuevo marco normativo mencionado.

Por otra parte, en el ámbito de Cataluña, la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola, representó la creación de un marco para el sector vitivinícola, con el fin de mejorar la calidad de los productos vitivinícolas, establecer los procedimientos de control y ordenar los elementos necesarios para alcanzar estos objetivos.

Esta Ley fue desarrollada por el Decreto 264/2003, de 21 de octubre, por el que se regula el Registro Vitivinícola de Cataluña, y por el Decreto 474/2004, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola.

Por razones de transparencia, racionalización normativa y claridad de cara a las personas destinatarias, se regulan en una única disposición tanto el procedimiento para la aprobación de los planes de reestructuración y/o reconversión, como el procedimiento de tramitación de las ayudas correspondientes y sus bases reguladoras.

En la elaboración de esta Orden han sido consultadas las entidades representativas del sector vitícola de Cataluña, a través de la Mesa Sectorial de la Viña y el Vino.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de dar apoyo al sector vitivinícola, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería y de la Dirección General de Desarrollo Rural, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas.

Ordeno:

Artículo 1

Aprobación de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña

Aprobar el procedimiento y los requisitos para la aprobación de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña, que tengan como finalidad el aumento de la competitividad de los productores vitivinícolas y la adaptación de la oferta a la demanda del mercado, para el período 2017-2018 que se publican en el anexo 1.

Artículo 2

Aprobación de las bases reguladoras y los importes máximos subvencionables de las actuaciones recogidas en los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña.

Aprobar las bases reguladoras de la ayuda a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña para el periodo 2017-2018, que se publican en el anexo 2 de esta Orden, y los importes máximos subvencionables de las acciones que puede abarcar el régimen de reestructuración y/o reconversión de la viña, que se publican en el anexo 3.

Artículo 3

Procedimiento de tramitación telemática de la solicitud

Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes de aprobación de planes y de las solicitudes de ayudas para aquellas personas que opten por esta modalidad de presentación, que se describe en el anexo 4.

Disposiciones adicionales
  1. Los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña de la campaña 2016 a 2017 solicitados en el plazo establecido por la Orden AAM/7/2014, de 16 de enero, por la que se regulan la aprobación de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña, para el periodo 2014-2018 y se convocan las ayudas correspondientes, se regirán por lo dispuesto en esta Orden, de acuerdo con la disposición final cuarta del Real decreto 597/2016.

  2. Las ayudas a los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña a cargo del FEAGA y se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas la Orden AAM/7/2014, de 16 de enero, por la que se regulan la aprobación de los planes de reestructuración y/o reconversión de la viña en Cataluña, para el período 2014 hasta 2018 y se convocan las ayudas correspondientes (DOGC núm. 6545 – 22/01/2014), y las órdenes que la modifican, AAM/88/2014, de 21 de marzo, (DOGC núm. 6592 – 28/03/2014), AAM/388/2014, de 19 de diciembre (DOGC núm. 6780 - 31.12.2014) y ARP/307/2015, de 22 de septiembre, (DOGC núm. 6968 - 02.10.2015) las que sólo resultan aplicables a las ayudas tramitadas a su amparo.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 3 de febrero 2017

Meritxell Serret i Aleu

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Anexo 1

Procedimiento y requisitos para la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo

-1. Definiciones

A los efectos de esta Orden se entiende por:

Reestructurar una parcela: el conjunto de actuaciones que tienden a renovar una plantación de viñedo ya existente, partiendo de su arranque o de su plantación, haciendo las modificaciones necesarias para adaptarla a las nuevas condiciones del terreno, a las perspectivas de mercado y a la mejora de las técnicas de cultivo. Incluye el cambio de ubicación de la plantación.

Reconvertir una parcela: las actuaciones de reinjerto y reconducción de vaso a espaldera, encaminadas a renovar una plantación existente, sin arrancarla, para adaptarla a las perspectivas de mercado o mejora de las técnicas de cultivo.

Operación: el conjunto de actuaciones que tienden a conseguir la reestructuración y/o reconversión de una superficie predeterminada de viña e incluida en la solicitud de la persona viticultora.

Acción: las actuaciones que puede abarcar el régimen de reestructuración y/o reconversión en el seno de una operación.

-2. Planes de reestructuración y/o reconversión

2.1 El régimen de reestructuración y reconversión del viñedo se llevará a cabo mediante los planes de reestructuración y/o reconversión (en adelante, planes) presentados con carácter anual.

2.2 Los planes podrán ser colectivos o individuales. El número mínimo de personas viticultores que pueden constituir un plan de reestructuración y/o reconversión colectivo será de 10.

Los planes colectivos de reestructuración y/o...

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