DECRETO 264/2003, de 21 de octubre, por el que se regula el Registro vitivinícola de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

264/2003, de 21 de octubre, por el que se regula el Registro vitivinícola de Cataluña.

Por medio del Decreto 57/1986, de 27 de febrero, se creó el Registro de plantaciones de viña y el Registro de parcelas con derecho de replantación adscritos al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, en los que figuran los datos referentes a las viñas de Cataluña, con la finalidad de disponer de toda la información sobre el potencial de la producción vitícola. La Orden de 8 de enero de 1988, desarrolló este Decreto, y dictó normas sobre declaraciones de arranque para la replantación y/o la sustitución de la viña, pero fue objeto de sustitución posteriormente a consecuencia de la nueva normativa comunitaria.

El Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo, de 17 de mayo, estableció la actual organización común del mercado vitivinícola, y el Reglamento (CE) 1227/2000, de la Comisión, de 31 de mayo, reguló las disposiciones sobre el potencial de producción vitícola. En el ámbito de Cataluña, se dictó la Orden de 6 de septiembre de 2000, modificada por la Orden ARP/23/2002, de 28 de enero, que establecía las normas y los procedimientos de regulación del potencial de producción vitícola de Cataluña.

Por otro lado la Ley 15/2002, de 27 de junio, de ordenación vitivinícola, ha significado un nuevo impulso con la finalidad de estructurar el sector vitivinícola catalán con el fin de conservar y mejorar la calidad de los productos, y garantizar la singularidad y la especificidad de las comarcas vitícolas.

Una de las finalidades de esta Ley es velar por la calidad de los productos vinícolas mediante la certificación de las denominaciones de origen que garantice la procedencia de las uvas, los mostos y los vinos, así como su elaboración, almacenaje, envejecimiento, embotellado y etiquetado.

A los consejos reguladores, constituidos como corporaciones de derecho público, se les atribuye la gestión de la denominación de origen y se les proporciona una personalidad jurídica propia, autonomía económica, plena capacidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones. De entre sus funciones tienen la de gestionar sus registros de viticultores, viñas y bodegas, y hacer el control de entradas y salidas de primeras materias y productos de las instalaciones inscritas, así como de la elaboración, el almacenaje, el envejecimiento, el embotellado y el etiquetado.

La garantía de la trazabilidad, desde la cepa hasta el embotellado, determina la producción vitivinícola y la calidad de sus productos, y es en este sentido que nace la necesidad de disponer de un Registro vitivinícola de Cataluña que integre todo este proceso. Concretamente, la disposición adicional cuarta de la mencionada Ley prevé la creación de un sistema de registro integrado que regule los registros de viñas, bodegas y plantas embotelladoras y envasadoras de productos vitivinícolas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca y de los consejos reguladores, para la consulta y la gestión de las denominaciones de origen vitivinícolas y los...

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