ORDEN de 6 de julio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas económicas a entidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de un Diagnóstico de situación y de un Plan de Acción, en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y se efectúa su convocatoria para el año 2022.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Igualdad, Justicia y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyOrden

El artículo 13.1 m) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos atribuye al Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, entre otras funciones y áreas de actuación, las relativas a la protección de la familia y a la conciliación de la vida laboral y familiar.

Así mismo, el Decreto 12/2021, de 19 de enero, de estructura y funciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, establece entre sus funciones la promoción en las políticas públicas de los enfoques familiar y comunitario, y la planificación, coordinación y evaluación general de las políticas de familia, infancia y adolescencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Por otra parte, uno de los principales objetivos de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias es impulsar la consolidación de un modelo de familia en el que se consideran requisitos irrenunciables la autonomía, el respeto entre todos sus integrantes y la igualdad de ambos miembros de la pareja, que comparten y disponen de las mismas oportunidades de realización profesional y personal, modelo acorde con los valores democráticos de nuestra sociedad.

La Ley 13/2008 pretende facilitar la conciliación de las responsabilidades familiares y laborales, así como la incorporación de la mujer al mercado de trabajo y el desarrollo de su carrera profesional; también, contribuir al afianzamiento de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el ámbito familiar, en particular en el cuidado y educación de los hijos y las hijas menores de edad y en la atención a las personas que se encuentren en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria.

El logro de ese objetivo no es sencillo. En la actualidad, todos los agentes sociales, las empresas y las administraciones públicas, fundamentalmente, están interiorizando que la conciliación no se circunscribe exclusivamente al ámbito personal y familiar, asumiendo que no favorecerla tiene un alto coste social y económico, que se traduce en situaciones no deseadas tales como enfermedades, estrés, fracaso escolar, desprotección infantil, bajo rendimiento y absentismo laboral o alta rotación en el empleo.

La sociedad es cada vez más consciente de que una mayor dedicación de las personas progenitoras a sus familias y un mayor equilibrio entre su vida personal, familiar y laboral tiene efectos preventivos en todos los ámbitos. Aparte de ello, está demostrado que también resulta positivo sobre la motivación y la productividad, ya que, además de generar mayor retención del talento y una menor rotación en el empleo, genera personas trabajadoras más satisfechas con la calidad de vida que disfrutan.

En enero de 2018, el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y EUDEL suscribieron el Pacto Vasco por las Familias y la Infancia, que cuenta como principal herramienta de planificación para su despliegue y materialización el IV Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para el periodo 2018-2022. Ese IV Plan fue aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 19 de junio de 2018 y presentado en el Parlamento Vasco el 13 de septiembre de 2018, y se divide en cinco grandes ejes, estando dedicado el Eje 2 a la consecución de los objetivos dirigidos a «Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas».

El Eje 2 del IV Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias señala como objetivo prioritario que padres y madres puedan dedicar a sus hijas e hijos todo el tiempo necesario, fomentando una organización del tiempo social más adecuada de cara a las necesidades de las familias, y favorecer una organización social corresponsable. Para ello, plantea la puesta en marcha de distintas medidas, entre las cuales destaca la medida 21, que tiene por objeto «impulsar el desarrollo de proyectos piloto y planes de conciliación de vida laboral, familiar y personal en las empresas», y propone para ello el establecimiento de una línea subvencional específica para la financiación de planes de conciliación en las empresas, en coordinación con las líneas subvencionales que desarrolla el Instituto Vasco de la Mujer-Emakunde para la implementación de Planes de Igualdad en las empresas.

En desarrollo de dicha medida, el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, a través de la Dirección de Familias e Infancia, ha llevado a cabo diferentes proyectos piloto, denominados Kontzilia, que buscan: de un lado, apoyar a las empresas vascas en la implantación de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral; y, de otro lado, obtener información de primera mano sobre las tendencias, necesidades, y retos de las empresas vascas en la apuesta por la conciliación. Hasta el momento han participado más de 30 empresas de diversos sectores económicos.

Además de esos pilotajes Kontzilia, se establece la línea subvencional anteriormente referida a través de la presente Orden, que se encuentra incluida en el Plan estratégico de subvenciones para el año 2022, aprobado por Orden de 18 de enero de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y está en consonancia con las líneas prioritarias marcadas por la Dirección de Familias e Infancia para esta legislatura. El Plan estratégico se encuentra publicado tanto en el portal de trasparencia del Gobierno Vasco como en la página web del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

Al objeto de tramitar las ayudas económicas reguladas en esta Orden, existe crédito presupuestario suficiente en la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022 (BOPV n.º 261 de 30 de diciembre de 2021).

Esta Orden de subvenciones se atiene al marco normativo dado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y su normativa de desarrollo; así como a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones antes citada.

A su vez, en cumplimiento del contenido previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades interesadas estarán obligadas a realizar toda la tramitación que requiera este programa de ayudas de forma telemática.

En virtud de todo ello,

Artículo 1 – Objeto.
  1. – El objeto de la presente Orden es aprobar las bases y efectuar la convocatoria para el año 2022 de ayudas económicas a entidades para la contratación de los servicios de asistencia técnica de entidades consultoras que estén destinados a la realización de las siguientes actuaciones: la realización de un Diagnóstico de situación y de un Plan de Acción, en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

  2. – La subvención va orientada a ayudar a las entidades a dar pasos en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, facilitándoles recursos para la incorporación de una cultura que promueva la conciliación, a través de la confección de un Diagnóstico y un Plan de Acción en conciliación.

  3. – No se financiará la posterior implantación o gestión de las medidas que contemplen ni tampoco Diagnósticos o Planes de Acción referidos a establecimientos situados fuera de la CAE.

Artículo 2 – Selección y dotación económica.
  1. – La presente convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.

  2. – La dotación económica destinada a atender la convocatoria de las subvenciones previstas en la presente Orden procederá de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ejercicio 2022.

  3. – A los efectos anteriores, para la financiación de las subvenciones mencionadas en el párrafo anterior, se ha contemplado en la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022 (BOPV n.º 261 de 30 de diciembre de 2021), un crédito por importe de trescientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta y siete con quince céntimos de euro (392.857,15 euros), de los cuales 275.000 euros corresponden a crédito de pago para 2022, y 117.857,15 euros a crédito de compromiso para el año 2023.

Artículo 3 – Actuaciones subvencionables.
  1. – Se subvencionará la contratación de entidades consultoras que...

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