ORDEN 18/2018, de 25 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa mixto de empleo-formación talleres de empleo. [2018/9958]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

De acuerdo con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, por lo que se procede, a continuación, a justificar la adecuación de la orden a los citados motivos:

En aplicación de los principios de necesidad y eficacia, las razones de interés general que justifican el dictado de esta orden, devienen de la aplicación del artículo 10 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en el que se establece que la Estrategia Española de Activación para el Empleo se articulará en torno al eje Formación, entre otros, incluyendo las actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan a las personas beneficiarias adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral.

En fecha 20 de julio de 2016, se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa mixto de empleo-formación talleres de empleo.

En fecha 10 de septiembre de 2015, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (en adelante BOE) la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

En fecha 5 de julio de 2017 se publicó en el BOE el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

El objeto de la presente orden es adaptar las previsiones recogidas en la citada Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, a lo previsto en la citada normativa. Asimismo, se modifican todos los apartados que mantienen una identidad sustancial con otras ordenes de bases gestionadas por este mismo órgano en programas de empleo-formación a efectos de simplificar la gestión, y se adapta su redacción al periodo temporal correspondiente a cada una de las convocatorias que se dictarán en aplicación de la misma.

De acuerdo con lo anterior, la presente orden se considera el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de los principios de necesidad y eficacia, así como el de proporcionalidad, puesto que contiene la regulación imprescindible para atender el interés general protegido.

A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la iniciativa normativa se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, citado en los párrafos anteriores, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas.

En aplicación del principio de transparencia, se posibilita el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En aplicación del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.

En cuanto la orden afecta a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, su aplicación queda supeditada al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

De acuerdo con lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 104/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme el Consejo Valenciano de Formación Profesional y conforme el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,

ORDENO

Artículo único

Aprobar la modificación de los preceptos de la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa mixto de empleo-formación talleres de empleo, que se relacionan a continuación.

Los preceptos afectados por la modificación son:

Uno. Se modifica el párrafo sexto y se añade el párrafo séptimo al preámbulo.

Dos. Se modifica el tercer párrafo y se añade un párrafo cuarto al apartado 1 del artículo 2.

Tres. Se modifica el apartado n del artículo 3.

Cuatro. Se modifica el apartado 2 del artículo 4.

Cinco. Se modifica el último párrafo del apartado 1 y apartados 7, 8 y 11 del artículo 5.

Seis. Se modifica el enunciado de los apartados 1 y 3 del artículo 8: Siete. Se da nueva redacción al artículo 10.

Ocho. Se añade un apartado 4 al artículo 13.

Nueve. Se modifican los apartados 4 y 5 del artículo 15 que quedan redactados como sigue y se elimina el apartado 6.

Diez. Del artículo 16 se modifica el apartado 3, el penúltimo párrafo del mismo de la letra a, y se elimina el último párrafo en la letra a de dicho apartado, se modifica el segundo párrafo de la letra d del mismo apartado 3, se añade la letra g al mismo apartado 3, y se modifica el apartado 10, con la siguiente redacción.

Once. Párrafo cuarto de la disposición adicional segunda.

Doce. Se modifica la disposición adicional tercera.

Trece...

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