ORDEN 17/2019, de 19 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de prácticas profesionales en el Institut Valencià de Cultura. [2019/11181]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Capítulo I Disposiciones generales
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Convocatorias y concesión de las becas
Artículo 3 Requisitos de las personas beneficiarias
Capítulo II Criterios objetivos de otorgamiento de las becas
Artículo 4 Baremo para evaluar los méritos personales
Capítulo III Procedimiento
Artículo 5 Iniciación
Artículo 6 Solicitudes
Artículo 7 Documentación acreditativa de los méritos
Artículo 8 Ordenación e instrucción del procedimiento
Artículo 9 Evaluación de solicitudes, informe y propuesta de resolución
Artículo 10 Resolución de concesión
Capítulo IV Desempeño de las becas y obligaciones
Artículo 11 Unidad de realización de las prácticas
Artículo 12 Duración de las becas
Artículo 13 Obligaciones y derechos de las personas beneficiarias
Artículo 14 Régimen de incompatibilidades
Artículo 15 Obligaciones de la entidad concedente
Artículo 16 Bolsa de reserva
Capítulo V Cuantía, pago y justificación de las becas
Artículo 17 Dotación económica individual
Artículo 18 Pago y justificación
Artículo 19 Pérdida del derecho al cobro y reintegro
Artículo 20 Suspensión de la beca
Artículo 21 No sujeción a políticas de competencia
Disposición adicional primera Repercusión presupuestaria Disposición adicional segunda. Facultad de desarrollo, interpretación y resolución de incidencias
Disposición derogatoria única Derogación normativa. Disposición final única. Entrada en vigor
PREÁMBULO

La Generalitat, en el marco de la política dirigida a la integración, mejora y especialización de las personas con titulación universitaria en grados y licenciaturas, establece las bases reguladoras de las convocatorias de becas para la especialización profesional dentro del ámbito de la Administración pública valenciana.

El Institut Valencià de Cultura es una entidad de derecho público de la Generalitat de las previstas en el artículo 155 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, adscrita a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, con competencias en materias culturales, potenciando su estudio mediante bibliotecas y centros de documentación especializados y gestionando la creación, la investigación, el estudio y la formación como medios principales de perfeccionamiento profesional, así como la difusión y/o publicación de los resultados obtenidos. También figuran entres sus funciones, la formación de técnicos y personal especializado en adquisición, recuperación, conservación, restauración, documentación, exhibición, fomento, promoción y difusión de los bienes integrantes del patrimonio cultural, especialmente del valenciano, y la acreditación de su capacitación, según dispone el artículo 2, punto 2, letras e) y f) del Decreto 5/2013, de 4 de enero, que aprueba su Reglamento de organización y funcionamiento, modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell. El mismo Decreto 5/2013, en su artículo 2, punto 2, letra l) atribuye a dicha enti-

dad de derecho público la convocatoria y gestión de subvenciones, ayudas e incentivos en las diferentes materias culturales integradas en ella.

En cumplimiento de las previsiones derivadas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprobó el Reglamento de la ley general de subvenciones y en atención a lo dispuesto en los artículos 159 y siguientes de la citada Ley 1/2015, de la Generalitat, resulta ahora necesario aprobar mediante orden las bases reguladoras para la concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de becas profesionales en las dependencias del Institut Valencià de Cultura, dirigidas a mejorar la formación en documentación y áreas de trabajo relacionadas en el ámbito de las materias culturales competencia de dicha entidad, estableciendo un marco normativo para las convocatorias de becas de acuerdo con las líneas presupuestarias anuales que se consignen en las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalitat con dicha finalidad, y todo ello con la observancia de lo previsto en el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas y, específicamente, las becas de prácticas profesionales.

En este sentido, el Plan estratégico de subvenciones 2016-2019 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, aprobado con carácter previo por Resolución de fecha 30 de agosto de 2016, y modificado, a estos efectos, por Resolución de fecha de 19 de diciembre de 2018, establece como objetivo 5 del Institut Valencià de Cultura: mejorar la formación de jóvenes documentalistas en materias culturales competencia del Institut Valencià de Cultura, incluyendo una línea específica de becas para realizar prácticas profesionales en materia de documentación.

Atendiendo a que la referencia a las becas para la realización de prácticas profesionales en el Instituto Valenciano de Cultura no se contemplaba en el Plan estratégico, dado que no se había previsto su necesidad, el proyecto de la presente orden no consta en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat. No obstante, se considera conveniente ajustar la concesión de dichas becas a la naturaleza de las mismas, que es la propia de las ayudas públicas.

En la tramitación de esta norma se han respetado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Respecto de los principios de necesidad y eficacia, la norma se adecúa a un objetivo de interés general, como es ampliar en la gestión de becas para prácticas profesionales el principio de concurrencia, así como los principios de objetividad, igualdad y no discriminación.

Igualmente, la norma se ajusta al principio de proporcionalidad, puesto que contiene la regulación imprescindible para atender los objetivos que se pretenden lograr.

El principio de seguridad jurídica también se cumple, puesto que la norma se ha elaborado de manera coherente con el resto de ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, con la intención de mantener un marco normativo estable, predecible, integrado y claro.

Además, durante la tramitación de la norma ha quedado garantizado el principio de transparencia con la publicación oficial del proyecto normativo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a los efectos de que pueda ser conocido por la ciudadanía este texto mediante el trámite de información pública.

Así mismo, se han seguido las reglas de procedimiento para la elaboración de reglamentos autonómicos contenidas en el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell.

En aplicación del principio de eficiencia, la regulación planteada no implica cargas administrativas innecesarias o accesorias ni mayor consumo de los recursos públicos.

La propia Ley 1/2015, de la Generalitat, establece en su artículo 160.2 que la competencia para aprobar mediante orden las oportunas bases reguladoras de la concesión de becas corresponde a la persona titular de la conselleria competente, también en el ámbito de los organismos públicos vinculados o dependientes, como es el caso del Institut Valencià de Cultura, y así lo recoge el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts Generalitat (ahora Institut Valencià de Cultura, por disposición final primera de la Ley 1/2018, de 9 de febrero, de la Generalitat, reguladora del Institut Valencià d'Art Modern).

Igualmente, en atención a lo previsto en el artículo 26.3 de la Ley 1/2015, de la Generalitat, se deja constancia de que la aprobación y publicación de la presente orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de becas profesionales en el Institut Valencià de Cultura, no tiene incidencia presupuestaria ni supone ningún incremento de gasto, al derivarse los compromisos económicos a las diferentes convocatorias específicas que se ajustarán a las presentes bases reguladoras.

En otro orden de cosas, teniendo en cuenta la cualidad de los beneficiarios y el objeto de las becas reguladas por esta orden, estas becas quedan excluidas de la aplicación del principio de incompatibilidad con el mercado interior contenido en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dado que se dirigen a un colectivo que no ejerce ninguna actividad económica, tienen un presupuesto limitado y pretenden la formación práctica de sus beneficiarios; por lo tanto, no están vinculadas a ninguna actividad económica, ni proporcionan ventaja económica alguna para una empresa o producción, ni tienen incidencia en la competencia que afecta a los intercambios comerciales entre los estados miembros de la Unión Europea. En consecuencia, no es obligatoria la notificación a la Comisión Europea, de conformidad con los artículos 3.4 y 7.4 del Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se...

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