Orden de 1 de diciembre de 2021, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden

El control lechero es la pieza fundamental para el desarrollo de los esquemas de selección de las razas lecheras, y se debe ejecutar por las Comunidades Autónomas a través de los centros autonómicos de control lechero, con la participación y asesoramiento de las asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas para la gestión de los libros genealógicos de las razas de aptitud lechera.

Entre los instrumentos que proporcionan mayor rentabilidad a las explotaciones ganaderas destaca la mejora ganadera, dado que permite disponer de animales reproductores selectos de alto valor genético comprobado. El desarrollo de esta estructura requiere de un marco normativo que establezca un apoyo técnico y contemple un régimen de ayuda para hacer frente a los gastos que genera el control lechero.

A este respecto, se publicó el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, estableciendo los requisitos que deben cumplir las lactaciones para ser válidas a efectos de una posterior evaluación genética de reproductores de acuerdo con los diferentes esquemas de selección oficialmente aprobados, así como los requisitos de las explotaciones participantes y las responsabilidades de los titulares de las explotaciones participantes.

El citado real decreto, en su artículo 19 establece el régimen de ayudas públicas destinadas al control lechero oficial, el cual se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y se confiere a las Comunidades Autónomas la potestad de la tramitación, resolución y pagos de dichas ayudas.

Asimismo, preceptúa que las ayudas se concederán a favor de los centros autonómicos de control lechero. Y en este sentido, la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 20 de diciembre de 2006, por la que se regula el control oficial de rendimiento lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, establece la estructura organizativa básica que desempeña el control oficial de rendimiento lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo el Centro Andaluz de Control Lechero Oficial la organización responsable de la coordinación, gestión y ejecución del control lechero oficial en nuestra región.

Con objeto de dar apoyo económico al control lechero oficial y con ello facilitar la implantación de este control lechero en nuestra región como instrumento adecuado para la valoración genética de reproductores, es necesario publicar la presente orden de convocatoria de ayudas públicas.

Las subvenciones se podrán conceder a cargo de los Presupuestos generales del Estado o con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la concesión de las mismas estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio en que se realice la convocatoria, según las cuantías asignadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en Conferencia Sectorial, así como en su caso, con cargo a los créditos disponibles de la propia Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas ayudas para el año 2022, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,

RESUELVO

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

  1. La presente orden tiene como objeto establecer, en régimen de concurrencia no competitiva, la convocatoria para el año 2022 de las ayudas destinadas a las actividades del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, previstas en el artículo 19 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, por el que se regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, y que constituyen sus bases reguladoras.

  2. La información y formularios asociados al procedimiento de convocatoria para el año 2022 de las ayudas destinadas a las actividades del control lechero oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, está disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios con el número 10940, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web

    https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10940.html,

    así como en la sede electrónica de la Consejería competente en materia de producción ganadera.

    Segundo. Régimen jurídico.

    Las ayudas reguladas en la presente orden se rigen por lo...

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