SAN, 29 de Noviembre de 2004

PonenteLUCIA ACIN AGUADO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2004:7575
Número de Recurso886/2003

MARIA LUZ LOURDES SANZ CALVOMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDELUCIA ACIN AGUADOJOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIAANGEL NOVOA FERNANDEZ

SENTENCIA

Madrid, a veintinueve de noviembre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso contencioso-administrativo número 886/03, promovido por D. Rafael representado por la Procuradora Dª María Luisa López -Puigcerver Portillo contra la

resolución de 23 de julio de 2003 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se hacen

publicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para

Vigilantes de seguridad y sus especialidades, habiendo sido parte en autos la Administración

General del Estado, representada por el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por resolución de 30 de diciembre de 2002 de la Secretaría de Estado de la Seguridad del Ministerio del Interior se publicaron las normas de convocatoria de pruebas para selección de Vigilantes de Seguridad y sus especialidades para el año 2003.

El hoy demandante cumplimentó la instancia de solicitud de admisión a prueba. realizando autorización expresa para poder solicitar al Registro de Penados y rebeldes del Ministerio de Justicia los antecedentes penales del solicitante.

El 23 de julio de 2003 se dicta acuerdo por el Tribunal calificador por el que se hacen publicas las listas de los participantes que habiendo superado las pruebas y reunidos los requisitos son declarados aptos, así como los que no reuniendo los requisitos son declarados excluidos en la convocatoria 2003/30 de pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades constando el interesado en el anexo IV referido a los participantes excluidos del proceso por falta de certificado de carecer de antecedentes penales haciéndose constar "contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Seguridad en el plazo de un mes contados a partir del día siguiente la de la publicación de est Acuerdo en los lugares a que se refiere el punto sexto anterior."

Por resolución de 23 de julio de 2003 de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE 21 de agosto de 2003), se hacen publicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas para selección de Vigilantes de Seguridad y sus especialidades, no estando incluido el recurrente en la misma.

Ante ello, acude a la vía jurisdiccional.

SEGUNDO

Interpuesto el 21 de octubre de 2003 recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que así hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando se dicte "resolución por la que se estimen íntegramente el recurso interpuesto; declarando la revocación en lo que concierne a D. Rafael de la resolución de 23 de junio de 2003 declarándole apto en las pruebas de selección de Vigilantes de seguridad con todos los efectos inherentes que conlleve tal declaración condenando en costas a la Administración si temerariamente se opusiera"

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando se inadmitiera el recurso y de forma subsidiaria que se desestimase. Dado traslado a la parte demandada sobre la causa de inadmisión planteada, presentó el correspondiente escrito.

Recibido el proceso a prueba, se practicaron las que, propuestas, fueron admitidas con el resultado que obra en autos.

Con ello quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se efectuó con relación al día veinticinco de noviembre de dos mil cuatro, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Lucía Acín Aguado, Magistrada de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la resolución de 23 de julio de 2003 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se hacen publicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de seguridad y sus especialidades.

El demandante la impugna al no hallarse en la lista de los declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de seguridad y sus especialidades. Funda su pretensión en que si bien en el certificado de antecedentes penales de 7 de julio de 2003 consta que fue...

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