STSJ Castilla-La Mancha , 14 de Octubre de 2002

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2002:2602
Número de Recurso1303/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1303/98 ALBACETE SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº

En Albacete, a catorce de Octubre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1303/98 del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de Dª María Angeles , representada y dirigida por el Letrado Sr. García Bueno, contra el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha representado y dirigido por el Sr. Letrado de la Junta de Comunidades en materia del Decreto 65/98 de Requisitos, Personal y Autorizaciones de las oficinas de Farmacia y Botiquines .Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 30 de Julio de 1.998, recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 65/98 de Requisitos, Personal y Autorizaciones de las oficinas de Farmacia y Botiquines de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha aprobado por el Consejo de Gobierno en fecha 16 de Junio de 1.998.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que:"...estimando el presente recurso se declare radicalmente nulo por ser contrario a Derecho el art. 31.2, el art. 39.1 d) -en cuanto a la exigencia de certificaciones de cotización a la seguridad social como medio de acreditar el desempeño efectivo del puesto de adjunto de farmacia-, letra a) del apartado III Formación Postlicenciatura y letra b) del apartado I del Anexo 1º Baremo de Méritos del Decreto Regional 65/1998 de 16 de Junio (DOCM del 19-6-1998) que se tendrán por no puestos, dejándolos sin efecto, y con expresa imposición de costas a quién se opusiere".

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia con declaración de conformidad a

Derecho del Decreto recurrido.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 8 de Octubre de 2.002, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Es objeto de impugnación el Decreto Autonómico 65/98 sobre requisitos, personal y autorizaciones de las Oficinas de Farmacia y Botiquines, publicado en el Diario Oficial el 19 de Junio de 1998.

Dicha impugnación viene referida a determinar preceptos de la norma y, en concreto, del art. 39.1 d)

en cuanto a la exigencia de certificaciones de cotización a la seguridad social como medio de acreditar el desempeño efectivo del puesto de adjunto de farmacia; del art. 31.2 en cuanto establece una limitación por razón de edad, impidiendo a los mayores de 65 años el ejercicio de la actividad profesional, la letra b) del Apartado I del Anexo, al primar de forma desproporcionada los servicios realizados en sustituciones en periodos discontinuos frente al ejercicio continuo; por último, la letra a) del Aparto III del Anexo en cuanto a la formación postlicenciatura en relación con el curso de formación específica a impartir por la propia Administración, por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 19 de Octubre de 2005
    • España
    • 19 de outubro de 2005
    ...por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso nº 1303/98, sobre oficinas de farmacia; siendo parte recurrida la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada por el Procurador Don Francisc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR