SAP Tarragona, 10 de Enero de 2007

PonenteJOSE LUIS PORTUGAL SAINZ
ECLIES:APT:2007:301
Número de Recurso563/2006
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución10 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

ROLLO NUM. 563/2006

VERBAL NUM. 288/2006

TARRAGONA NUM. TRES

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

MAGISTRADOS

D. José Luis Portugal Sainz

Dª Mª Angeles Barcenilla Visús

En Tarragona a diez de enero de dos mil siete.

Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Consorcio de Compensación de Seguros defendido y representado por el Abogado del Estado Sustituto, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Tarragona en 19 septiembre 2006, en autos de Juicio Verbal nº 288/06 en los que figura como demandante Autopistas Concesionaria Española S.A. y como demandado Consorcio de Compensación de Seguros.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Elias Arcalis en nombre y representación de Autopistas Concesionaria Española S.A. contra el Consorcio de Compensación de Seguros, y en consecuencia debo condenar y condeno al demandado al pago de la cantidad de dos mil cuatrocientos catorce euros con sesenta y cinco céntimos (2.414,65 euros) al actor, más el interés legal devengado desde la interpelación judicial (17.03.06) y hasta su completo pago, incrementado del modo previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a partir de la presente sentencia. Se condena al demandado al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Que contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Consorcio de Compensación de Seguros en base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulasen oposición o impugnación al mismo, por la parte apelada se interesa la confirmación de la sentencia recurrida.

CUARTO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado con el resultado por unanimidad, que se expresa.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Luis Portugal Sainz.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia estimatoria de la demanda interpuesta por Autopistas Concesionaria Española S.A. contra Consorcio Compensación de Seguros y D. Rogelio en la que se ejercitaba la acción de reclamación de cantidad por importe de 2.414,65.-euros, importe de los daños sufridos en la calzada por incendio del vehículo.... THN, con fundamento en el art. 1.902 C.Civil, art. 1.1 de Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, R.D.L. 339/90 de 2 marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, R.D. 7/2001, de 7 enero por el que se aprueba el Reglamento de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor y art. y 1.b) de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, se alza el apelante codemandado, el Consorcio de Compensación de Seguros, si bien se desistió de la acción ejercitada en relación al codemandado D. Rogelio, alegando que no niega que el vehículo careciera de seguro obligatorio, ni que se hubiera incendiado causando daños a la actora, e invoca que la parte actora debe probar que el incendio se debió a la circulación del vehículo, ya que...

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