SAP Ciudad Real 25/2007, 6 de Febrero de 2007
Ponente | CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO |
ECLI | ES:APCR:2007:113 |
Número de Recurso | 2/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 25/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00025/2007
APELACION CIVIL
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
CIUDAD-REAL.
RECURSO DE APELACION (LECN) 2/2007-J.
Autos: Juicio Verbal 554/2.006.
Juzgado: Ciudad-Real-6.
Iltmo/s. Sr/es.
Presidente: CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.
Magistrado/s:
IGNACIO ESCRIBANO COBO
FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA
MONICA CESPEDES CANO
S E N T E N C I A nº: 25/2.007.
En CIUDAD REAL, a seis de Febrero de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de JUICIO VERBAL 554/2006, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CIUDAD REAL, a los que ha correspondido el Rollo 2/2007, en los que aparece como parte apelante "IDECO MULTISERVICIO, S.L.", representada por el Procurador VICENTE UTRERO CABANILLAS, y asistida por el Letrado SALVADOR ENCINA MENA, y como apelada Silvia, representada por la Procuradora EVA MARIA SANTOS ALVAREZ, y asistida por el Letrado GUSTAVO ADOLFO GOMEZ DELGADO, y siendo Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Dª. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CIUDAD REAL, por el mismo se dictó sentencia con fecha 16 de Octubre de 2.006, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador V. Utrero Cabanillas, en nombre y representación de Ideco Multiservicio, S.L. y frente a Silvia, representada por la Procuradora E.M. Santos Álvarez, debo absolver y absuelvo a esta de las pretensiones frente a ella deducidas en el presente procedimiento.- 2.- Se imponen las costas a la parte demandante".
Notificada dicha resolución a las partes, por "IDECO MULTISERVICIO, S.L." se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA SEIS DE FEBRERO DE 2.006.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de Ideco Multiservicio S. L, se interpone recurso de apelación, alegando como motivos del mismo, infracción de ley por aplicación incorrecta del art. 217 de la LECivil, así como error en la apreciación de la prueba; vulneración de la tutela judicial efectiva por incurrir la sentencia en incongruencia omisiva y falta de motivación, e infracción por aplicación incorrecta del art. 218 de la LECivil. Con base en dichos motivos se solicita la revocación de la sentencia y con ello, la estimación de la demanda.
Por la representación de Dña. Silvia, se formuló oposición a dicho recurso, solicitando su desestimación y la confirmación de la sentencia dictada.
SEGUND O: Se alega como primer motivo del presente recurso, la...
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