El nuevo paradigma de la accesibilidad social. Rompiendo barreras invisibles

AutorYolanda Mª de la Fuente Robles, Mª del Carmen Martín Cano y Jesús Hernández Galán
Páginas145-157

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1. A modo de introducción

La noción de accesibilidad conlleva ineludiblemente a un imaginario de adaptación a través de rampas, material de apoyo y/o personas con movilidad reducida, fundamentalmente en relación a discapacidad física y entornos. No obstante, estos términos tienen una conceptualización mucho más amplia, amén del marcado aspecto social que presentan (Hernández, De la Fuente y Campo, 2014)

En este sentido, como ya recogiera el I Plan Nacional de Accesibilidad 2004-2012, una sociedad que lucha por la inclusión y el respeto a los derechos humanos, tiene inevitablemente que buscar la forma de satisfacer las necesidades de todas las personas de forma igualitaria. Para ello, debe abogar por la accesibilidad universal no sólo en entornos físicos sino también en procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos y/o herramientas ya que de este modo se podrá garantizar la plena igualdad de oportunidades de la ciudadanía y su participación activa en la sociedad.

Posteriormente la Estrategia Española Sobre Discapacidad 2012-2020, subraya el importante papel que juega el entorno en la discapacidad en cuanto puede facilitar o limitar los derechos de ciudadanía de las personas con discapacidad, en función de que sea concebida como una deficiencia o, por el contario, como un "desajuste entre el ecosistema social y las capacidades diferenciadas de las personas". Asimismo señala como principales obstáculos en el proceso de adaptación del entorno las políticas y normas insuficientes, las actitudes negativas basadas en prejuicios, la prestación insuficiente de servicios, la financiación insuficiente, la falta de consulta, participación y datos, así como la falta de accesibilidad1.

De este modo, las nociones de igualdad de oportunidades y diseño para todas las personas se coni guran como conceptos fundamentales respecto a una visión global de accesibilidad social. Así, los valores de este nuevo paradigma guían la accesibilidad hacia una nueva cultura de satisfacción igualitaria de necesidades, dejando a un lado la tradicional concepción de discapacidad, asumiendo la diver-sidad como norma y no como excepción ya que todas las personas, en mayor o menor medida, en determinados momentos de su vida son susceptibles de tener limitaciones. Esto es, no solo puede ser para una persona con unas determinadas condiciones inaccesible un entorno, sino también una información o un recurso dando lugar a imposibilitar la participación social, lo que conlleva a una clara desigualdad en relación a las personas que no la sufren. Por ello, la promoción

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de la accesibilidad entendida desde una perspectiva global, se ha convertido en la sociedad actual en uno de los principales retos de las políticas públicas.

2. Marco conceptual

Ante la ambigüedad que conlleva el término accesibilidad es difícil establecer una única definición, ya que está en función del contexto en que se use. Etimológicamente dicha noción está compuesta por el adjetivo "accesible" y el sufijo "bilidad" que indica cualidad de.

El Libro Verde de la Accesibilidad (IMSERSO, 2002), la define como "acceso, acción de llegar y acercarse, entrada o paso". De este modo señala que atribuido a la utilización del entorno, productos y tecnologías y, fundamentalmente, en relación a ciertos colectivos con limitaciones funcionales, el término obtiene un tono menos neutro, más explícito de los beneficios derivados de la interacción con el entorno o con otras personas. De hecho, con anterioridad, la definición europea de Accesibilidad "puede entenderse en relación con tres formas básicas de actividad humana: movilidad, comunicación y comprensión" (HELIOS, 1995)

No obstante, tanto el concepto de accesibilidad como la manera de abordar su desarrollo han ido evolucionando a lo largo de la última década hasta alcanzar la optimización de nuevas concepciones y enfoques como Diseño para Todos y Accesibilidad Universal.

En este sentido, en el artículo 9 de La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) se establece que para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes deben tomar las medidas apropiadas para garantizar a las personas con discapacidad el acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, las tecnologías y sistemas, así como otras instalaciones y servicios públicos o abiertos al público, tanto en zonas urbanas como en zonas rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y la eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas:

  1. Edificios, carreteras, transporte y náuticos, lagos e instalaciones al aire libre, como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y los lugares de trabajo.

  2. Información, comunicaciones y otros servicios, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia. (Hernández, De la Fuente y Campo, 2014)

Por otro lado, el texto Refundido de la LISMI (2013), en su artículo 2 define Accesibilidad universal como "la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y

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dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible". Presupone la estrategia de "diseño para todas las personas", y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.

En España, a raíz de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, las nociones de Accesibilidad Universal y Diseño para todas las personas adquieren una significativa importancia al ser incluidas en todos los niveles del ámbito educativo.

Asimismo, desde el ámbito jurídico además de contribuir con medidas compensatorias como la acción positiva, discriminación inversa y obligación de ajustes, se han establecido principios con una relevante trascendencia sobre las políticas en la materia, tales como la no discriminación, vida independiente, accesibilidad universal, diálogo civil, diseño para todos, transversalidad de políticas en materia de diversidad humana, lo que consecuentemente dará lugar al refuerzo y diver-sificación de derechos sociales que rompan barreras invisibles dentro del nuevo paradigma de la accesibilidad social.

Esto es, no sólo se tendrá en cuenta al colectivo de personas con discapacidad, sino que se incluirá al conjunto de la sociedad y a las relaciones de cada persona con el resto de su entorno. Es una concepción dinámica que favorece la coni guración de una sociedad plenamente inclusiva, dónde se tenga en cuenta la diversidad como un aspecto inherente al propio concepto de sociedad democrática, tomando en consideración todos los aspectos de la vida de la persona y de sus relaciones con el entorno (CRUE, 2014)

3. La situación actual en españa y México
3.1. La accesibilidad en España

Como ya quedara rel ejado en el Libro Verde de Accesibilidad (2002), en España la importancia de la accesibilidad como mecanismo de calidad de vida y de integración de las personas toma fuerza en la conciencia pública coincidiendo, en gran medida, con el proceso de transferencia de competencias desde la Administración Central a las Autonómicas y con la progresiva inl uencia del movimiento asociativo de personas con discapacidad.

De este modo, desde finales...

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