Trabajo social e intervención social en vivienda social

AutorOctavio Vázquez Aguado, Manuela A. Fernández Borrero, Fernando Relinque Medina y Pablo Álvarez Pérez
Páginas245-262

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1. Introducción

Este capítulo cuenta como base analítica fundamental gran parte del trabajo de investigación desarrollado en el proyecto regional denominado "Modelización socioespacial de la intervención social en viviendas sociales en Andalucía (G-G1300021/IDIP)", financiado como proyecto de I+D+i por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía (2012 - 2013). Concretamente, este capítulo se relaciona con el estudio de la dimensión vinculada a la gestión y a la intervención pública en el parque de viviendas sociales de esta región de España. El análisis de esta dimensión guarda una relación directa con el contenido que se presenta en este capítulo en relación con el rol que la disciplina del Trabajo Social juega, y el que debe jugar, en la vivienda social.

La aproximación a esta dimensión se realizó con metodología cualitativa, tanto entrevistas en profundidad como análisis documentales de normativa, reglamentos, y documentos relevantes. Las entrevistas fueron realizadas a diferentes profesionales, tanto de la Agencia Vivienda y Rehabilitación Andaluza (en adelante, AVRA) como de los Servicios Sociales Comunitarios, entre los que destacan los profesionales del Trabajo Social.

El capítulo plantea, inicialmente, una aproximación a la realidad de la vivienda social en España (en el marco de Europa) y, de manera más específica, en Andalucía para, seguidamente, abordar los principales resultados obtenidos del proyecto mencionado en relación con el Trabajo Social y los diferentes elementos y factores estudiados vinculados con la temática objeto de estudio (vivienda sociales en Andalucía) y el rol profesional. Finalmente, se plantean los retos y desafíos que consideramos tiene el Trabajo Social en la actualidad dese la intervención social en esta viviendas.

2. El contexto de las viviendas sociales en españa y en andalucía

Disfrutar de una vivienda digna es un derecho reconocido con carácter global en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 (art. 11) (Mejía-Escalante, 2012) y, en España, en la Constitución Española de

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1978 (art.47). Como país europeo, se ha visto históricamente inl uenciado por factores contextuales de niveles territoriales superiores. En Europa no existe una visión única del concepto o marco de actuación de la vivienda social, ya que cada país enfoca su política de vivienda bajo diferentes criterios y las aplica según sus propios objetivos e instrumentos particulares. En el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre "la vivienda y la política regional" (2007), se recogen cuestiones como la consideración de la vivienda como elemento angular del modelo social europeo. Siguiendo a Toset (2014, p. 454) históricamente, en Europa Central y del Norte, las políticas de vivienda de protección oficial hicieron su aparición a principios del siglo XX, con medidas directas e indirectas para asegurar el acceso a una vivienda digna y de calidad a los ciudadanos. Sin embargo, en la Europa del Sur el objetivo no ha sido el alquiler, sino proporcionar ayudas para permitir a las familias comprar un hogar. En este contexto, el papel de la vivienda de alquiler social es marginal y reservado a las familias más pobres y con mayor riesgo de exclusión.

En el Informe sobre la vivienda social en la Unión Europea (2012/2293(INI)) se señala al sector de la vivienda social como instrumento para ayudar a la Unión Europea a salir de la crisis económica, social y medioambiental. Se estima que 25 millones de ciudadanos europeos residen en viviendas sociales.

Las políticas de vivienda en España, y específicamente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (objeto central del análisis realizado por el equipo de investigación), han sido históricamente asociadas con prácticas que se relacionaban con factores de exclusión social y territorial, ya que las viviendas de promoción pública destinadas a sujetos en dificultad social eran tradicionalmente ubicadas en periferias y en espacios mal dotados de servicios. La trayectoria histórica de vivienda pública en España, de la mano de la creación del Estado de Bienestar en Europa, se ha centrado en la construcción de viviendas en propiedad y en el desarrollo de algunos programas de desarrollo territorial, como pueden ser los programas de lucha contra la pobreza y la exclusión social llevados a cabo en barrios de las provincias de Huelva o de Girona. Los fondos europeos permitieron la realización de otros proyectos focalizados en la mejora del hábitat de los barrios y la transformación de las viviendas a través de actuaciones participativas y de desarrollo de procesos de gobernanza (Barranco, Delgado, Melin y Quintana, 2010). Aún así, en el caso español, siguiendo a Pareja y Sánchez (2011, p. 100), el alto índice de vivienda en propiedad está muy relacionado con la importancia de las políticas dirigidas a la compra de vivienda y a la rigidez del mercado de alquiler desde los años 80. La trayectoria española, en lo que a políticas de vivienda se refiere, ha desatendido el alquiler favoreciendo un desequilibrio impidiendo una alternativa real a la vivienda en propiedad. Además de esta escasa oferta de vivienda en alquiler, la que existe

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no responde a las necesidades de los posibles destinatarios ni a los estándares que demanda actualmente la sociedad.

En Andalucía la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda, obliga a elaborar el Plan andaluz de Vivienda y Suelo, encargado de articular y concretar las medidas en materia de vivienda en esta Comunidad Autónoma (en fase de borrador en el momento de redacción del presente capítulo). Este Plan plantea diferentes elementos que dan respuesta a las necesidades y debilidades identificadas en relación con el parque público de viviendas sociales, tales como: la instauración de un modelo de construcción residencial tendente a impulsar la rehabilitación y el alquiler; impulso de la eficiencia energética; lograr la compenetración entre la vivienda y el entorno urbano, social, económico y ambiental; promover la inclusión social y establecer claves de gobernanza y de cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas.

Este Plan va en la línea de comprender que la vivienda tiene, más allá de la función de espacio físico de residencia y hábitat, una función social crucial para los individuos. A nivel europeo, como se ha mencionado, la vivienda social es entendida como un servicio social de interés general. En la "Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles" (2007) se plantea la renovación del parque de viviendas como elemento favorecedor de la mejora de la calidad de vida de sus residentes, o el planteamiento de unas políticas sociales de vivienda como instrumento facilitador de la cohesión e integración social en las ciudades. Esta idea se defiende y se ve rel ejada en el Informe del Defensor del Pueblo, Crisis Económica y deudores hipotecarios: actuaciones y propuestas del Defensor del Pueblo (2011), donde se recoge que la vivienda "es un derecho social imprescindible para desarrollar otros derechos constitucionales como el derecho al libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE), el derecho a la intimidad (art. 18 CE) y, en suma, el derecho a la libertad (art. 17 CE). Esta conexión entre el derecho a la vivienda y otros derechos sociales hace que el carácter "digno y adecuado" de la misma deba definirse a partir de su relación con el resto de derechos tutelados por el ordenamiento y con las diferentes declaraciones convenios sobre derechos humanos.

Pero ante esta defensa normativa o institucional de la necesidad de entender la vivienda social como algo más que el espacio o los elementos urbanísticos o arquitectónicos, la realidad se vio modificada, y aún lo sigue estando, desde el inicio de la crisis social y económica que comenzó en el año 2008 en España, con una gran presencia de desigualdades (Rebotier, 2010) y con políticas de austeridad y disminución de recursos públicos.

En este escenario, la vivienda pública se ha visto también afectada, tanto en su expansión (o no desarrollo) como en medidas alternativas de intervención social...

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