SAP Madrid 535/2006, 11 de Mayo de 2006
Ponente | FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2006:7873 |
Número de Recurso | 43/2006 |
Número de Resolución | 535/2006 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ ANGEL SANCHEZ FRANCO MARIA DEL ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24
MADRID
SENTENCIA: 00535/2006
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24
MADRID
SENTENCIA: 00535/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 24ª
Rollo nº: 43/06
Autos nº:571/05
Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº23 DE MADRID
P. Apelante:DÑA. María Purificación
Procurador:DÑA. ANA ISABEL ARRANZ
P. Apelada: D. Jose Daniel
Procurador: D. CARLOS GOMEZ-VILLABOA MANDRI
Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
S E N T E N C I A Nº535
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco
Ilma. Sra. Dª Rosario Hernández Hernández
En Madrid, a once de mayo de dos mil seis.
Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre modificación de medidas nº571/05 ; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 23 de Madrid y seguidos entre partes; de una, como apelante,Dª. María Purificación, representada por la Procuradora Dª. Ana Isabel Arranz Grande ; y de otra, como parte apelada, D. Jose Daniel, representado por el Procurador D. Carlos Gómez-Villaboa Mandri; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha 30 de septiembre de 2005, por el Juzgado de 1ª Instancia nº23 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO:Que desestimando la demanda formulada por la representación de María Purificación contra Jose Daniel debo acordar y acuerdo no haber lugar a la modificación de medidas pretendida.
Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Dª María Purificación a fin de conseguir su revocación y la sala, en su lugar eleve la pensión compensatoria fijándole en 1.500 Euros mensuales, desde la interposición de la demanda; y todo ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 21 de noviembre de 2005.
Frente a tal pretensión, la parte apelada se opone al recurso de apelación interpuesto de contrario por lo manifestado en el escrito de fecha 14 de diciembre de 2005.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.
Antes que nada, es conveniente al caso recordar que estamos en un proceso de modificación de medidas y de conformidad con lo prevenido en los articulo 90 y 91 in fine del C.C. las medidas complementarias establecidas en un pleito matrimonial de nulidad, separación o divorcio, podrán ser modificadas judicialmente...
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