SAP Baleares 23/2008, 17 de Enero de 2008
Ponente | MARIA ROSA RIGO ROSELLO |
ECLI | ES:APIB:2008:59 |
Número de Recurso | 573/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/2008 |
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00023/2008
Rollo: RECURSO DE APELACION 573 /2007
S E N T E N C I A Nº
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON CARLOS GÓMEZ MARTÍNEZ
MAGISTRADOS:
DOÑA MARÍA ROSA RIGO ROSSELLÓ
DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS
En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Enero de dos mil ocho.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Mahón, bajo el número 464/2006, Rollo de Sala nº 573/2007, entre partes, de una como actora-apelante la entidad "BMW FINANCIAL SERVICES IBÉRICA S.A.", representada por la Procuradora doña Lluisa Adrover y bajo la dirección letrada de doña Elena Canaves, de otra, como demandada-apelada "COMERCIAL PINTURAS MINS S.L., no personada en la presente alzada y D. Aurelio Y DOÑA Ana María, declarados en rebeldía procesal en la primera instancia.
ES PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. DOÑA MARÍA ROSA RIGO ROSSELLÓ.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mahón, se dictó sentencia en fecha 17 de julio de 2007, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Ana Mª Fernández Soler, actuando en nombre y representación de BMW FINALNCIAL SERVICES IBÉRICA, S.A. E.F.C., contra COMERCIAL Y PINTURAS MINS, S.L., quien comparece representado por el Procurador de los Tribunales Francisco Hernández Aguado y contra Aurelio Y Ana María, ambos en rebeldía procesal, debo efectuar y efectúo los siguientes pronunciamientos: =1.- Convalidar la resolución del contrato de arrendamiento financiero concertado entre las partes a 26/09/03 en relación con el vehículo BMW, modelo X5, 3.0d, nº de bastidor NUM000, por incumplimiento de la obligación de pago de las cuotas mensuales acordadas. =2.- Declarar que, en consecuencia, la actora recupera la plana disponibilidad del bien objeto del contrato, condenando a los codemandados a su entrega inmediata. =3.- Declara que los codemandados adeudan al actor los cánones arrendaticios, a razón de 939,31€ mensuales, desde marzo de 2006 hasta que el actor recupere la plana disponibilidad del bien arrendado, más los intereses moratorios de dichas cantidades desde el vencimiento de cada uno de los plazos, siendo el tipo aplicable igual a 2,5 veces el interés legal del dinero en la fecha del otorgamiento del contrato, declarándose nula la cláusula relativa a los intereses en cuanto excede de dicho límite, y condenando solidariamente a los codemandados al pago de dichas cantidades. =4.- No efectuar especial condena en costas."
Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y seguido el recurso por sus trámites, por esta Sala se acordó para votación y fallo el día 17 de enero de 2008.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
No se aceptan los de la resolución de instancia.
La entidad BMW Financial Services Ibérica SL interpuso la demanda de juicio ordinario origen de los autos de que deriva el presente rollo contra Comercial y Pinturas Mins SL, D. Aurelio y Doña Ana María, en solicitud de que se dicte sentencia por la que se convalide la resolución de pleno derecho del contrato de leasing o arrendamiento financiero suscrito el día 26 de septiembre de 2003 entre BMW Financial Services Ibérica SA y Comercial de Pinturas Mins SL y afianzado solidariamente por los...
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