SAP Madrid 476/2005, 4 de Mayo de 2005

PonenteEMILIA MARTA SANCHEZ ALONSO
ECLIES:APM:2005:5077
Número de Recurso206/2005
Número de Resolución476/2005
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

MARIA TERESA CHACON ALONSOSUSANA TRUJILLANO SANCHEZEMILIA MARTA SANCHEZ ALONSO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº : 206/05 RP

PROCEDIMIENTO ABREVIADO: JUICIO RÁPIDO Nº 79/05

Juzgado lo Penal nº 14 de Madrid

MAGISTRADOS Ilustrísimos Señores:

Dª MARIA TERESA CHACÓN ALONSO

Dª SUSANA TRUJILLANO SÁNCHEZ

Dª MARTA SÁNCHEZ ALONSO (Ponente)

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al

margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 476/05

En la Villa de Madrid, a Cuatro de mayo de dos mil cinco.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas D ª MARIA TERESA CHACÓN ALONSO, Dª SUSANA TRUJILLANO SÁNCHEZ y Dª MARTA SÁNCHEZ ALONSO (ponente), ha visto el recurso de apelación nº 206/05 interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Luis de Miguel López en nombre y representación procesal de D. Alberto, contra la sentencia dictada con fecha 21 de febrero de 2005, en procedimiento abreviado; juicio rápido nº 79/2005, por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal.

La Ilustrísima Sra. Magistrada Dña. MARTA SÁNCHEZ ALONSO actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 21 de febrero de 2005, se dictó sentencia en procedimiento abreviado nº 79/2005, del Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

"Que el día 13 de febrero de 2005, sobre las 0'30 horas, Alberto, mayor de edad, sin antecedentes penales, que se encuentra casado con Susana, residente legal en España, comenzó a discutir con su mujer en el domicilio familiar sito en Collado Mediano. La discusión subió de tono y en un momento dado el acusado comenzó a golpear de forma directa e intencionada a su mujer, alcanzando a la misma en tórax y en cara, tirándola al suelo y ocasionándole lesiones que curaron con la primera asistencia y en seis días.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Alberto como autor responsable de un delito de maltrato familiar, sin concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 56 días de trabajo en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de dos años y costas del juicio. Deberá indemnizar a Susana en la suma de 180 euros. Se prohíbe al acusado aproximarse a su mujer a menos de 300 metros y comunicar con la misma, todo ello por un período de un año.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Luis de Miguel López, en nombre y representación procesal de D. Alberto.

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones, impugnando dicho recurso el Ministerio Fiscal. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada el 21 de febrero de 2005 por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid, se interpone recurso de apelación por la representación procesal de Alberto alegando error en la valoración de la prueba.

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