La ley como marco instrumental de una actuación con gran presencia de la discrecionalidad

AutorFrancesc Guillén Lasierra
Páginas138-139

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La ley no es el elemento central del sistema. Para el equipo de Peel la obediencia a la ley no era más que un elemento instrumental para demostrar la imparcialidad de la policía. Lo dice claramente su quinto principio cuando afirma que la policía demuestra su neutralidadlidad política sirviendo a la ley de manera imparcial. Es importante ver que los documentos fundacionales de la Policía Metropolitana no utilizan el término Law Enforcement, sino impartial service to law. En el caso americano, la policía comunitaria se reinventa para superar las deficiencias de un modelo muy legalista como era el profesional. Es decir se trata de servir a la ley mucho más que de ejecutarla pura y simplemente. La ley es un instrumento (no el único) para las actuaciones policiales (Ponsaers, 2001). Obviamente los modelos de servicio público o de policía comunitaria no proponen una actuación de la policía contraria a la ley, ya que siempre se mueven en el marco de estados de derecho. ahora bien, la ley es un elemento de referencia, que el policía tiene que tener en cuenta para satisfacer la necesidades de los ciudadanos en materia de seguridad, pero en ningún caso se configura la policía como una mera ejecutora de la legalidad (Martín, 1990). En consecuencia, el modelo de servicio público o de policía comunitaria le otorga un margen amplio de discreción a los agentes a la hora de decidir aplicar o no la ley así como en la manera de hacerlo (Ponsaers, 2001). Hay que tener en cuenta que tanto los Estados unidos como, sobre todo, el reino unido tienen sistemas jurídicos que ofrecen un margen más amplio de decisión a los operadores jurídicos públicos. así, la legislación inglesa reconoce expresamente en algunos ámbitos que el agente de policía pueda decidir ante unos determinados hechos o una determinada situación proceder de diversas maneras, incluso en ámbitos penales (ashworth, 1994), circunstancia más extraña en los sistemas europeos continentales. así, por ejemplo, la policía carece en alemania de todo tipo de discrecionalidad en materia penal (Feltes, 2014). Es decir, la discrecionalidad de la que dispondrán los agentes en sus diversos ámbitos de actuación no dependerá únicamente del modelo policial adoptado

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sino también de las características del ordenamiento jurídico del país en que el modelo se desarrolle.

Es importante, de todas maneras, entender que, conceptualmente, el modelo prioriza el uso adecuado de la discrecionalidad de la...

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