SAP Madrid 100/2007, 10 de Mayo de 2007

PonenteBLANCA MARIA RODRIGUEZ VELASCO
ECLIES:APM:2007:4226
Número de Recurso200/2007
Número de Resolución100/2007
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Expediente de Fiscalía nº 1629/2006

Expediente del Juzgado nº 282/2006

Juzgado de Menores nº 4 de Madrid

Rollo de Sala nº 200/2007

BLANCA RODRÍGUEZ VELASCO

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 100/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )

SECCIÓN CUARTA )

Magistrados )

D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

Dª Mª PILAR DE PRADA BENGOA )

Dª BLANCA RODRÍGUEZ VELASCO )

_________________________________)

En Madrid, a diez de mayo de dos mil siete.

Vistos en segunda instancia por esta Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 29 de marzo de 2007 dictada por el Juzgado de Menores nº 4 de Madrid en el expediente nº 282/06, seguido contra los menores Julián e Carlos María.

Habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelantes los citados menores defendidos ambos en el acto de la vista por la letrada doña Yolanda Linares Vacas, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña BLANCA RODRÍGUEZ VELASCO que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Menores nº 4 de Madrid dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son como sigue:

"HECHOS PROBADOS.- Resulta probado que en Galapagar el día 24 de marzo de 2006 el menor Casimiro con DNI número NUM000 de 17 años de edad, nacido el día 11 de marzo de 1989 fue agredido por los también menores Julián e Carlos María, causándole las lesiones que obran en el correspondiente parte médico".

"FALLO.- Declaro a los menores Julián e Carlos María, autores responsables de una falta de lesiones ya definida imponiéndoles la medida de 15 horas de prestaciones en beneficio de la Comunidad a cada uno de ellos, que se sustituirán en caso de que no preste su consentimiento, o, las incumplan por 2 permanencias de fin de semana en domicilio".

SEGUNDO

Contra dicha resolución la defensa del menor Julián, se interpuso recurso de apelación alegando infracción del artículo 24.1 de la Constitución, falta de tutela judicial efectiva, en relación con el artículo 617.1 del Código Penal, por su indebida aplicación y error en la apreciación de la prueba, interesando la libre absolución de su defendido por la condena de la falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal y sea condenado como autor de un delito de falta de malos tratos del artículo 617.2 del Código Penal.

La defensa del menor Carlos María interpuso recurso de apelación alegando, error en la valoración de la prueba y falta de motivación de la sentencia por inaplicación de la eximente de legítima defensa, interesando la libre absolución de su defendido por la concurrencia de la eximente citada.

TERCERO

Admitidos los recursos interpuestos y efectuado el correspondiente traslado de los mismos, fueron impugnados por el Ministerio Fiscal, elevándose el expediente original a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de Sala, señalándose el día 7 de mayo de 2007 para la celebración de la vista.

CUARTO

En la vista, en la que no fue necesario oír al equipo técnico, la defensa de los menores informó en apoyo de sus pretensiones, a...

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