SAP Murcia 41/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2007:670
Número de Recurso92/2007
Número de Resolución41/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00041/2007

S E N T E N C I A N º 41

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de marzo de dos mil siete.

El Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta ciudad, habiendo visto en grado de apelación el presente rollo formado con el nº 92 de 2007 por virtud del recurso interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Caravaca de la Cruz en procedimiento de Juicio de Faltas en el que ha sido parte Pedro y Ángela así como Luis Pablo y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado referido se dictó con fecha 15 de Octubre de 2006 Sentencia en el Juicio de Faltas tramitado en el mismo y registrado al nº 899/05 por Lesiones en Agresión en el que se declaran hechos probados los siguientes: "Queda probado, que el día 15 de Septiembre de 2005 cuando Pedro se encontraba con su esposa en el Bar Tránsito sito en la C/ Gran Vía de la Ciudad de Cehegín, Luis Pablo se dirigió hacia él dándole un golpe en la cara tras lo cual se inició una discusión y una agresión por la que Pedro cayó al suelo, sufriendo las lesiones obrantes en las actuaciones según informe forense.

Posteriormente se inició una pelea entre la esposa de Pedro, Ángela y la madre de Luis Pablo, Rosa causándose mutuamente lesiones conforme a los informes médicos obrantes en las actuaciones, tras agredirse mutuamente.".

En su parte dispositiva dice así: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Luis Pablo como autor penalmente responsables de una falta de LESIONES del artículo 617.1º del Código Penal a la pena de un mes de multa, a razón de CINCO EUROS DE CUOTA DIARIA con aplicación del artículo 53.1 del Código Penal, en caso de impago y que determina una responsabilidad personal subsidiaria del condenado de UN DÍA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD para cada dos cuotas impagadas e igualmente les condeno al pago de las costas procesales y a que indemnice a D. Pedro en la cantidad de 750 euros por las lesiones de este y 350 euros por las secuelas conforme a lo establecido en el informe forense e igualmente le condeno a pagar al Servicio Murciano de Salud 120,68 euros según las facturas obrantes en las actuaciones.

Por su lado DEBO CONDENAR Y CONDENO A Dña. Alejandra y a Dña. Ángela como autoras cada una de ellas de una falta de lesiones del art 617 del CP a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de 5 euros para cada una de ellas. Además Dña Alejandra indemnizará a Dña Ángela en 200 euros por las lesiones por esta sufridas y Dña Ángela indemnizará a Alejandra en 150 euros por las lesiones de esta, según los informes obrantes en las actuaciones".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra dicha sentencia, por Luis Pablo y Alejandra...

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