STSJ Comunidad Valenciana 3146/2007, 17 de Octubre de 2007

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2007:5780
Número de Recurso123/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3146/2007
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

3146/2007

Rec. C/ Sent núm. 123/2007

Recurso contra Sentencia núm. 123/2007

Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil

Presidente

Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian

Ilmo. Sr. D. Guillermo Emilio Rodríguez Pastor

En Valencia, a diecisiete de octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3146/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 123/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de julio de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Elche, en los autos núm. 313/06, seguidos sobre CANTIDAD, a instancia de D. Luis Manuel, asistido de la Letrada Dª Margarita Iges Lebrancón, contra la empresa INEUROPA HANDLING, UTE, representada por la Letrada Dª Tania Herrero Belaustegui, y en los que es recurrente la empresa demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 24 de julio de 2006, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por D. Luis Manuel, contra,,INEUROPA HANDLING, UTE", y en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 2.160 €.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO. Sobre las circunstancias laborales del trabajador: I. El actor ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa "IBERIA, LAE, SA.", en el aeropuerto de Alicante, con categoría profesional de Agente de servicios auxiliares, con antigüedad de 2 de enero de 1987.- II. En fecha 1 de mayo de 1999, la empresa demandada, INEUROPA HANDLING, UTE, se subrogó en la relación laboral y del actor, en virtud de la adjudicación en concurso público convocado por AENA para la prestación del Servicio de asistencia en tierra a las aeronaves y pasajeros en el aeropuerto de Alicante.- SEGUNDO. Reclamación: I. Con fecha 9-03-1999, se dictó Sentencia por el TSJ de la Comunidad Valenciana, en cuya parte dispositiva se establece: "Estimamos el recurso de suplicación formulado por la representación del Sindicato USO contra la Sentencia de 5/10/1998 del Juzgado Social núm. Uno de Alicante, la revocamos y dejamos sin efecto, y estimando la demanda de conflicto colectivo origen de estas actuaciones, debemos condenar y condenamos a "INEUROPA HANDLING, UTE", "ENTRECANALES Y TÁVORA, S.A.", "CUBIERTAS Y TEJADOS MZOV, SA" e "INVERSIONES INEUROPA-EUROPA, S.A." a mantener el derecho a billetes de tarifa reducida y gratuita a los trabajadores fijos, fijos discontinuos y fijos de actividad continuada a tiempo parcial, procedentes de la cesión efectuada por "IBERIA, LAE, S.A.", en los mismo términos en los que lo tenían en la fecha de su cesión, absolviendo a esta última de las pretensiones formuladas con la demanda".- II. El actor solicitó en fecha 14 de noviembre de 2005 el abono de billetes de avión para él y su esposa ( Alicia ), en los siguientes segmentos: ALC/MAD-MAD/FRA-FRA/MNL, para el 7-01-06 y MNL/FRA-FRA/MAD-MAD/ALC, para el 30-01-06. solicitud que no fe atendida por la demandada.- III. El actor adquirió y abonó...

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