Lo justo como don, respecto a la construcción del bien común, la interculturalidad y los derechos humanos

AutorMartín Rocha Espíndola
Páginas309-413
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1. La eticidad de la justicia.
De lo jurídico a lo político
La justicia implica una llamada a la armonía. Esto, en el sen-
tido de que pide por su naturaleza un orden, una coordinación de
los diversos elementos o esfuerzos comprometidos en su búsqueda,
comporta incluso una cierta tensión creativa a este respecto. Aho-
ra bien, la propia eticidad de la justicia no se encuentra tanto en
los contenidos de la legislación, como en el carácter equitativo de
las decisiones judiciales. Esto es, existe una expresión existencial
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to puede cambiar en cuanto a su aspiración como ansia humana.
Este sentido ético de lo justo es, además, hermenéutico, según este
mismo autor, en cuanto a la comprensión de la alteridad que está
presente jurídicamente, y así también se encuentra en las relaciones
personales que implican la justicia513.
513 GRANDE YAÑEZ, M. Filosofía del Derecho Hermenéutica. Cit., pág. 164. El
valor jurídico apunta más a un orden social, en cambio en la hermenéutica
CAPÍTULO IV
Lo justo como don, respecto a la
construcción del bien común, la
interculturalidad y los derechos humanos
LO JUSTO COMO DON EN LA FILOSOFÍA ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI
HACIA UNA ÉTICA DEL DON EN CLAVE PERSONALISTA, HERMENÉUTICA Y EXISTENCIAL Martín Rocha Espíndola
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Los valores éticos que la Historia fragua no pueden, por su ca-
rácter de abstracción, ser puestos por sí solos en práctica, sin alguien
que interprete y que, desde el sentido de su espíritu determine, qué se
tiene por justicia. Ahora bien, un sentido de justicia, como el presu-
puesto para una ética del Derecho, no sólo debe analizarse desde una
514.
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hacer referencia al carácter dramático de su carencia. Lo que im-
plica la vulnerabilidad de la persona que la sufre. Experimentar
una injusticia provoca un desconcierto moral grave, y hace vacilar
la verdad de las relaciones humanas, y extiende un desorden que
perjudica a la vida social.
INNERARITY menciona que la vulnerabilidad humana se
debe fundamentalmente al hecho de que la vida buena lo es de bie-
nes relacionales, de otros sujetos que están presentes para recibir la
oferta de hospitalidad. Ello tiene, principalmente, importancia para
aquellas actividades que tengan relación con la ciudadanía y la co-
munidad política, y las que implican amistad y amor personal515.
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de una concepción de lo político que implica una pluralidad y vita-

idea del amor que desea el movimiento independiente de su objeto,
que no gira en torno al dominio, que no anhela escapar del mundo
del acontecer.
jurídica es la acción concreta la que tiene que resolverse con un sentido de
justicia de recorrido práctico y existencial.
514 El Derecho como tarea existencial desborda el cogito, y así puede tener reco-
rrido ético en lo decisorio.
515 INNERARITY GRAU, D. Ética de la hospitalidad. Editorial Península, Barce-
lona, 2001, pág. 38.
CAPÍTULO IV LO JUSTO COMO DON, RESPECTO A LA CONSTRUCCIÓN DEL BIEN
COMÚN, LA INTERCULTURALIDAD Y LOS DERECHOS HUMANOS
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        
-
damento de la obligación moral del respeto, así como la respuesta
que se debe ante la vulnerabilidad de los otros516.
El temor a padecer una injusticia hace, entonces, que incluso
se presente como factible el cometerla contra los demás, dentro de
un desorden que va colmándolo todo. En la medida en que se pro-
ducen graves ofensas, con frecuencia, la reparación, que requiere el
daño causado, resulta muy difícil de llevar a cabo. Es más, si no lle-

la ofensa, ya que percibe en la injusticia permanente una fuerza de
opresión lesiva, que no sabe evitar.
Tal apremio en el plano concreto lleva a plantear cómo pue-
de trasladarse el debate de lo injusto al espacio público. En este
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salvo reduciéndola prácticamente a la ausencia de justicia. Existe
este modelo clásico, normal, de justicia, que reduce la injusticia a
un fallo de la justicia. Este modelo propone que la sociedad se rige
por reglas que marcan los derechos de los miembros517. Las reglas
son justas si se corresponden con las creencias éticas, y además se
precisan unas instituciones y unos funcionarios justos e imparciales.
516 Según Marta Palacio, Lévinas al colocar la sensibilidad como fundamento de

     
En efecto, Lévinas plantea una moral no-intelectualista, cuyo origen y ba-
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por la sensibilidad corporal; no por la conciencia o la razón o la deliberación
racional de la libertad. La vulnerabilidad funda la ética de la solidaridad y
la justicia. En , Vol. 2, Nº. 1, Zaragoza,
2015, págs. 29 a 47.
517 GRIJALBA UCHE, M. «El olvido de la injusticia. Dos análisis complemen-
tarios: J. Shklar y A. Arteta», en , Nº.
10, Barcelona, 2017, págs. 105.

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