SAP Álava 103/2008, 1 de Abril de 2008
Ponente | JESUS ALFONSO PONCELA GARCIA |
ECLI | ES:APVI:2008:219 |
Número de Recurso | 52/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 103/2008 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
Sección 2ª
AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta- C.P. 1008
Tfno.: 945-004821
Fax: 945-004820
N.I.G.: 01.02.1-07/011197
Rollo ape.faltas 52/08
O.Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 3 (Vitoria)
Procedimiento: Juicio faltas 714/07
Atestado nº: ER. D/3529/07
Apelante: Jose Manuel
MINISTERIO FISCAL
APELACION JUICIO DE FALTAS
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz constituida como Tribunal Unipersonal por el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Alfonso Poncela García, ha dictado el día uno de abril de dos mil ocho.
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 103/08
En el recurso de Apelación Penal Rollo de Sala nº 52/08, dimanante del Juicio de Faltas nº 714/07, procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Vitoria, seguido por lesiones, promovido por Jose Manuel, dirigido y representado por sí
mismo, frente a la sentencia dictada en fecha 15.10.07. Con la intervención del Ministerio Fiscal.
En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Vitoria, sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Daniel como autor material de una falta de lesiones a la pena de 30 días con cuota diaria de 6 euros a abonar en el plazo de un mes desde que una vez firme la sentencia sean requeridos para su pago y a que indemnice a Hugo conjunta y solidariamente con Jose Manuel en la cantidad de 700 euros. Se condena a Daniel como autor de una falta de amenazas a la pena de 20 días de multa con cuota diaria de 6 euros, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.
Que debe absolverse a Daniel del resto de faltas que le venían siendo imputadas
Que debo condenar y condeno a Jose Manuel como autor material de dos faltas de lesiones a la pena de 30 días con cuota diaria de 6 euros, por cada una de ellas a abonar en el plazo de un mes desde que una vez firme la sentencia sea requerido para su pago y a que indemnice a Hugo conjunta y solidariamente con Daniel en la cantidad de 700 euros, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.
Que debe absolverse a Jose Manuel del resto de faltas que le venían siendo imputadas".
Dentro del plazo legal se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Jose Manuel, alegando los motivos que se examinarán en los fundamentos jurídicos de esta resolución, recurso que se tuvo por interpuesto mediante proveído de 15.01.08, dándose traslado a las demás partes por diez días para alegaciones. El Ministerio Fiscal evacuó informe en fecha 23.01.08 oponiéndose al recurso interpuesto, elevándose los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legales.
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