STSJ Galicia 1047/2008, 7 de Abril de 2008

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2008:650
Número de Recurso4247/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1047/2008
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 4247/07-ESF

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

A Coruña, a siete de Abril de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

sentencia

En el recurso de Suplicación núm. 4247/07 interpuesto por Dª. Aurora contra la sentencia del

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Aurora en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 761/2006 sentencia con fecha ocho de Junio de dos mil siete por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1°.- Doña Aurora, con D.N.I. NUM000, nacida el día 5 de septiembre de 1944, de profesión labradora por cuenta propia, afiliada con el número NUM001 al Régimen Especial Agrario, solicitó a 17 de agosto de 2006 la declaración de invalidez permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Fue examinada a 23 de agosto de 2006 por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades. La Comisión de Evaluación de Incapacidades propuso la declaración de no invalidez. Se denegó la solicitud por no encontrarse en la situación de invalidez permanente en ninguno de los grados legalmente previstos mediante Resolución de fecha 6 de septiembre de 2006, decisión impugnada en vía administrativa y ratificada, por semejantes razonamientos, en Resolución de 31 de octubre de 2006 de la Dirección Provincial del referido Instituto.2°.- La base reguladora de las prestaciones de invalidez, en atención a las cotizaciones de la parte demandante, es de 530,13 euros mensuales. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: "Poliartralgias generalizadas".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando totalmente la demanda interpuesta por Da Aurora, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a este demandado de todos los pedimentos de la demanda."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la...

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